Resolución Nº 155/GCABA/SSREGIC/17

FirmantesCruz
EmisorSUBSECRETARÍA REGISTROS INTERPRETACIÓN Y CATASTRO

VISTO:

El Expediente N° 3366401/DGROC/2015 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle Jerónimo Salguero N° 1733/37, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a "Vivienda

Multifamiliar, Estudios Profesionales con Espacio

Guardacoches"

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 27.50 m2 los cuales fueron

ejecutados en forma no reglamentaria (9° Piso: Sector Sum), según surge del cotejo

entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente

aprobadas s/N° de Orden 6 pág. 1 y 2/3 (PLANO-2015-2983248-DGROC) y los planos

presentados para regularizar la situación s/ N° de Orden 63 (PLANO-2017- 4729872-

DGROC), con destino "Vivienda Multifamiliar, Estudios Profesionales con Espacio

Guardacoches".

Que obra s/N° de Orden Orden 64 Pág. 2 y 3/6 (RE-2015-4729993-DGROC) la

Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional

habilitado que interviene en el trámite de regularización.

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en

el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 3 Pág. 33 y 34/257 (RE-2015-

2982634-DGROC),

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. "Trabajos

que requieren permiso de obra" del Código de la Edificación y el Artículo 5.4.1.3

"Distrito R2a - a) R2aI: Inciso d) FOT" del Código de Planeamiento Urbano.

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

N° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 67 Pág. 1/3 (IF-2017-06316813-

DGROC), las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de

habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales,y según la

declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 64 Pág. 2 y /6 (RE-2015-

4729993-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y salubridad

publica de sus ocupantes y de terceras personas, haciéndose responsable por

cualquier divergencia con la realidad o...

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