Resolución N° 155 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 90
CORDOBA, (R.A.) MARTES 15 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias,
entre ellas la Ley N° 10417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra
normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 177/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que
se da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por
Ley Nº 10417, Anexo I al Decreto N° 1505/2016, Decretos Reglamentarios
Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice
trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se
apruebe la ejecución de la misma. Asimismo, expresamente maniesta que
se deberá dar cumplimiento de toda la precitada normativa a lo largo de
todo el procedimiento, en especial lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto
N° 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por De-
partamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales de este
Ministerio con el Nº 177/2018 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos referidos a la obra: “CONSTRUCCIÓN DE NUEVO MÓDULO
EN COMPLEJO CARCELARIO N° 1 - REVERENDO PADRE LUCHESSE
– PARAJE ALTO DURAZNO – RUTA NACIONAL N° 36 KM 797 – DEPAR-
TAMENTO SANTA MARÍA – PROVINCIA DE CÓRDOBA, conforme la do-
cumentación técnica compuesta por Pliego Particular de Condiciones con
sus anexos, Estructura de Costos, Memoria Descriptiva, Pliego Particular
de Especicaciones Técnicas y Planimetría, elaborados por la Dirección
General de Tratamiento Penitenciario y Obras del Servicio Penitenciario
de Córdoba, como también el Presupuesto Ocial por la suma de Pesos
Ochenta y Cinco Millones Cien Mil ($85.100.000,00).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a sus efectos
y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 155
Córdoba, 14 de mayo de 2018
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIO PARA
CENTRAL REGIONAL DE ESTERILIZACIÓN – MANTENIMIENTO – LA-
VADERO – HOSPITAL DOMINGO FUNES – VILLA CAEIRO – PROVINCIA
DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO: Que consta en estas actuaciones solicitud de la
Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud
instando el presente trámite a los nes de la autorización correspondiente
para la ejecución de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones
del Decreto Nº 180/08.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Criterios para presentación de proyectos de ingeniería de detalles en es-
tructuras e instalaciones, Memoria de Arquitectura, Pliegos Particulares de
Especicaciones Técnicas, Planos, Presupuesto Ocial y Pliego Particular
de Condiciones con sus Anexos, elaborados por la Dirección General de
Infraestructura y la Dirección General de Compras y Contrataciones, am-
bos del Ministerio de Salud.
Que la Jefatura de Departamento Administración, con el Visto Bueno del
señor Secretario de Arquitectura, incorpora Informe de fecha 24 de abril de
2018 en el cual se destaca que si bien el Pliego Particular de Condiciones
agregado en autos resulta adecuado como base del llamado a licitación
pública que se propicia, ajustándose a las disposiciones del Decreto N°
1505/2016 y de la Ley Nº 10.417, modicatoria de la Ley de Obras Públicas
Nº 8614, detalla observaciones a saber: especicar el plazo para el desa-
rrollo de los proyectos de ingeniería (artículo 7º); referencia al Registro de
Constructores de Obra Pública (artículo 10º apartado 3 a) y causales de
rechazo (artículo 14 apartado 3).
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de
contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es por
Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Ocial estimado ascien-
de a la suma de $ 12.476.600,98.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la citada Secretaría
en el cual se expresa que los precios detallados en el presupuesto ocial
son acordes a valores de mercado al mes de octubre de 2017.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N°
10.417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplica-
ble, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 180/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales este Ministerio en el que se expresa que, en
virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que
se da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por
Ley Nº 10.417, Anexo I al Decreto N° 1505/2016, Decretos Reglamentarios
Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice
trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual
se apruebe la ejecución de la misma. Asimismo, expresamente maniesta

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