Resolución N° 154

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2015
CÓRDOBA, 18 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 113 Primera Sección 9
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “A” – GASTOS GENERALES de la Fuerza Policial
Antinarcotráfico, hasta la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000), con límite para cada
pago hasta cinco (5) veces el índice 1 fijado por el artículo 11 de la Ley N° 10.155, del que será
responsable el Titular del Servicio Administrativo de la Fuerza Policial Antinarcotráfico.
Artículo 2º: PROTOCOLÍCESE, comuní quese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría
General de la Provincia, al Servicio Administrativo de la Fuerza Policial Antinarcotráfico y a la
Dirección General de Tesorería y Crédito Público, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 189 Córdoba, 16 de junio de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0165-115183/2015 por el que se solicita la creación del Fondo Permanente
“X” – FONDO DE EMER GENCIAS POR INUNDACIONES-LEY 10267 - del Ministerio de Gestión
Pública.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 10.267 dispone crear el “Fondo de Emergencia por Inundaciones” como cuenta
especial con afectación total y específica a reparar daños derivados de las inundaciones que
afectan el territorio provincial, sea para la asistencia a damnificados o para reconstrucción de
la infraestructura.
Que esta Ley encarga al Ministerio de Gestión Pública la administración del Fondo de
Emergencia por Inundaciones en los términos del artículo 11 – último párrafo- de la Ley °
10.155.
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio
otorgar conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas
que soliciten los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de
su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en relación
a la creación del Fondo Permanente requerido, habiendo efectuado la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por el Servicio Administrativo requirente en el
sentido que es necesaria la creación propiciada para el correcto funcionamiento del mismo.
Que la fuente de financiamiento del Fondo Permanente “X” cuya creación se propicia está
constituida por recursos afectados.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público a fs. 9 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este
Ministerio al Nº 309/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1°CREAR el Fondo Permanente “X” – FONDO DE EMERGENCIAS POR
INUNDACIONES-LEY 10267 del Ministerio de Gestión Pública, por la suma de PESOS VEINTE
MILLONES ($ 20.000.000-), sin límite por cada pago, del que será responsable el Titular del
Servicio Administrativo de dicho organismo. Integra como Anexo I de la presente Resolución,
con una (1) foja útil, Formulario T2-Solicitud de Apertura, Modificación y/o Cierre de Fondos
Permanentes.
Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, comuní quese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la
Dirección General de Tesorería y Crédito Público, al Ministerio de Gestión Pública y a Contaduría
General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/nMSxWt
Resolución N° 178 Córdoba, 15 de junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0311-003498/2015, por el que se propicia la ampliación del Fondo
Permanente “D” –DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL– del Ministerio de
Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico, creado por Resolución N° 060/05
y modificado por sus similares N° 52/13 y 034/14 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar
conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los
Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación y modificación.
Que la ampliación solicitada es hasta la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ( $ 150.000).
Que el análisis efectuado por la Dirección de Tesorería y Créditos Públicos llega a la conclusión
que la ampliación resulta viable hasta la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000).
Que por lo demás, no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en
relación a la ampliación del Fondo Permanente solicitado, habiendo efectuado la Dirección General
de Tesorería y Crédito Público la intervención de su competencia.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente a los fines de la ampliación
propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Dirección General de Tesorería y
Crédito Público a fs. 6/8 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº
285/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR el Fondo Permanente “D” –DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD
COMERCIAL– del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y Desarrollo Científico Tecnológico,
hasta la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL ($ 130.000), con límite para cada pago hasta cinco
veces el índice 1 fijado por el artículo 11 de la Ley N° 10.155, del que será responsable el Titular del
Servicio Administrativo del citado Ministerio.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría
General de la Provincia, al Servicio Administrativo del Ministerio de Industria, Comercio, Minería y
Desarrollo Científico Tecnológico y a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 180
Córdoba, 15 de junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0425-295326/2015, por el que se tramita la ampliación transitoria del
Fondo Permanente “A” –GASTOS GENERALES– del Ministerio de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo faculta la Resolución Ministerial N° 341/09, la Secretaría de Administración
Financiera autorizó la ampliación transitoria solicitada mediante Memorandum Nº 004/15.
Que lo actuado debe ser ratificado mediante Resolución formal, previo a la rendición de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en el artículo 1° de la Resolución Ministerial
N° 341/09, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 11 y de
acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 283/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º RATIFICAR la ampliación transitoria por PESOS VEINTICINCO MILLONES ($
25.000.000.-) del Fondo Permanente “A” –GASTOS GENERALES– del Ministerio de Salud,
autorizada mediante Memorandum Nº 004/15 de la Secretaría de Administración Financiera, el que
como Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente Resolución y materializada
mediante Documento Único de Ejecución de Erogaciones Nº 1 – Intervención Nº 18, Ejercicio 2015,
emitido por la Dirección de Jurisdicción de Administración del citado Ministerio, que como Anexo II
con una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría
General de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, a la Dirección de
Administración del Ministerio de Salud, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/9bK6HG
Resolución N° 154 Córdoba, 26 de mayo de 2015
VISTO: El expediente Nº 0027-057148/2015, por el que se propicia la formalización de
compensaciones de Recursos Financieros, asignados por el Presupuesto General de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR