Resolución N° 154 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Mayo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición10 de Mayo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 98
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 13 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
entre las que se encuentra el Arquitecto Fabio Juan GREMENTIERI, no-
minado bajo el Número de Orden: 357.
Que se ha incorporado en autos documental que acredita la formación
académica y antecedentes laborales del citado profesional, como así tam-
bién certicación expedida por el Colegio de Arquitectos de la Provincia de
Córdoba, que acredita la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022 de la
matrícula habilitante del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el Art.
7 de la Ley N° 10.752.
Que se ha agregado en autos el Documento Contable – Nota de Pedi-
do Nº 2022/000188, que certica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que implica la referida contratación.
Que mediante Dictamen Nº 180/2022, la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio expresa que la nueva contratación propiciada
en autos resulta procedente conforme autorización dispuesta por Decreto
Nº 332/2022, por lo que puede disponerse mediante acto administrativo
la contratación del citado profesional en las condiciones y forma de pago
establecido en el mismo y por el plazo de dos (2) meses, que comprende
el período de abril - mayo del año 2022, quedando exceptuado del control
previo del Tribunal de Cuentas de la Provincia, conforme Punto I inc. b) de
la Resolución Nº 59/2004, modicada por su similar Nº 75/2014, ambas de
dicho órgano, conforme el valor del Índice 1 establecido por el artículo 40
de la Ley Nº 10.788.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el N°
180/2022, y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DISPÓNESE la contratación en forma directa, bajo la mo-
dalidad de Contrato de Servicios a cargo de Terceros, del Arquitecto Fabio
Juan GREMENTIERI (D.N.I. Nº 16.057.866), autorizada por Decreto N° 332
de fecha 31 de marzo de 2022, para la realización de tareas especícas en
el ámbito de la Secretaría de Arquitectura, en las condiciones y forma de
pago estipulada en dicho Decreto, por la suma total de Pesos Doscientos
Cincuenta y Dos Mil Doscientos Cincuenta y Dos ($ 252.252,00), por el
plazo de dos (2) meses, que comprende el período de abril - mayo del
2022 de acuerdo con la planilla que, como Anexo I, compuesto de una (1)
foja, se acompaña y forma parte del presente instrumento legal.
Artículo 2°.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Doscientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Cincuenta y Dos ($ 252.252,00),
conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio,
en su Documento de Contabilidad – Nota de Pedido Nº 2022/000188, con
cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 506-001, Partida 3.05.99.00, Otros Ser-
vicios Técnicos, Profesionales y de Terceros N.C. del P.V.
Artículo 3º.- DISPÓNESE que previo al inicio efectivo de la contrata-
ción autorizada por el Artículo 1º del presente instrumento legal y como
condición para disponer su pago, el señor Director de Jurisdicción de Re-
cursos Humanos de este Ministerio deberá registrar la misma en el Siste-
ma de Administración de Recursos Humanos del Gobierno de la Provincia
de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el Artículo 4º del Decreto
Nº 332/2022.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, comuníquese, publíquese en el
Boletín Ocial, notifíquese y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 154
Córdoba, 10 de mayo de 2022
Expediente Nº 0644-000448/2022.-
VISTO: este expediente en el que se gestiona la contratación en forma
directa bajo la modalidad de Contrato de Servicios a cargo de Terceros, del
Arquitecto Federico Ariel BAN (D.N.I. Nº 31.405.420), para la realización
de tareas especícas en el ámbito de la Secretaría de Arquitectura depen-
diente de éste Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme a lo manifestado en autos por el señor Secretario
de Arquitectura, resulta necesario que el mencionado profesional des-
empeñe las tareas que se detallan en estas actuaciones a los fines de
continuar con el normal desarrollo de las actividades que se realizan
en la citada repartición.
Que a los nes de cumplimentar la exigencia de la autorización previa
que establece el artículo 54 del Decreto Nº 1615/2019, raticado por Ley
Nº 10.726, mediante Decreto N° 332 de fecha 31 de marzo de 2022, se
autorizó la prórroga y actualización de la vinculación bajo la modalidad de
Contrato de Servicios a Cargo de Terceros, desde su vencimiento y hasta
el 31 de marzo de 2023, con las personas mencionadas en su Anexo I, en-
tre las que se encuentra el Arquitecto Federico Ariel BAN, nominado bajo
el Número de Orden: 342.
Que se ha incorporado en autos documental que acredita la formación
académica y antecedentes laborales del citado profesional, como así tam-
bién certicación expedida por el Colegio de Arquitectos de la Provincia de
Córdoba, que acredita la vigencia de la matrícula habilitante del mismo, de
conformidad con lo dispuesto por el Art. 7 de la Ley 10.752.
Que se ha agregado en autos el Documento Contable – Nota de Pedi-
do Nº 2022/000193, que certica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que implica la referida contratación.
Que mediante Dictamen Nº 179/2022, la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio expresa que la nueva contratación propiciada
en autos resulta procedente conforme autorización dispuesta por Decreto
Nº 332/2022, por lo que puede disponerse mediante acto administrativo
la contratación del citado profesional en las condiciones y forma de pago
establecido en el mismo y por el plazo de dos (2) meses, que comprende
el período de abril - mayo del año 2022, quedando exceptuado del control
previo del Tribunal de Cuentas de la Provincia, conforme Punto I inc. b) de
la Resolución Nº 59/2004, modicada por su similar Nº 75/2014, ambas de
dicho órgano, conforme el valor del Índice 1 establecido por el artículo 40

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