Resolución N° 1513

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 222
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las ocinas técni-
cas intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procu-
rado, al amparo de lo establecido en los artículos 4°, 5° y concordantes de
la Ley Nº 9870.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área
Jurídica de este Ministerio con el N° 0809/2016 y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º. CREAR la Escuela de Nivel Inicial en la localidad de Cruz
Grande -Departamento Punilla, bajo la dependencia de la Dirección Gene-
ral de Educación Inicial.
Art. 2°. EL servicio educativo creado por el artículo 1º de este instru-
mento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en
instalaciones que comparte con la Escuela de Nivel Primario “ALFREDO
BENITZ” de Cruz Grande.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1513
Córdoba, 2 de Noviembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0111-062847/16, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0439/16, de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de Es-
tudios de la oferta educativa de “Educación Secundaria con Orientación
en Ciencias Sociales y Humanidades de Nivel Medio- Modalidad Adultos,
Opción Pedagógica a Distancia, de tres (3) años de duración, que otorga
el título de “Bachiller en Ciencias Sociales y Humanidades”, en el Estableci-
miento Privado Adscripto Instituto “CEBA” -Nivel Superior- de Capital, para
las cohortes 2016 y 2017.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, el Dictamen N°
2143/16 del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado a fs. 81 por la
Dirección General Asuntos Legales y en uso de atribuciones conferidas por
Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0439/16 de la Dirección General
de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de una (1) foja
útil, se adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la que se
aprueban las modicaciones del Plan de Estudios de la oferta educativa de
“Educación Secundaria con Orientación en Ciencias Sociales y Humanida-
des de Nivel Medio- Modalidad Adultos, Opción Pedagógica a Distancia,
de tres (3) años de duración, que otorga el título de “Bachiller en Ciencias
Sociales y Humanidades”, en el Establecimiento Privado Adscripto Instituto
“CEBA” -Nivel Superior- de Capital, para las cohortes 2016 y 2017.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/5VkiZI
Resolución N° 1515
Córdoba, 2 de Noviembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0111-061503/2013, del registro del Ministerio de Edu-
cación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0311/2016, de la Dirección General de Institu-
tos Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de
Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Logística” -Opción Peda-
gógica Presencial-, de dos años y medio (2 y 1/2) de duración, que otorga
el título de “Técnico Superior en Logística”, en el Establecimiento Privado
Adscripto Instituto “EDUCAR” -Nivel Superior- de Capital, a partir de la Co-
horte 2016.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
cos-formales-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose ta-
les determinaciones técnica, administrativa e institucional plasmada en la
resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo Dictaminado por el Área Jurídica de
este Ministerio con el N° 2083/16, lo aconsejado a fs. 112 por la Dirección
General de Asuntos Legales y en uso de las atribuciones conferidas por
Decreto N° 556/16;

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