Resolución N° 1511

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
11
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 223
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1511
Córdoba, 2 de noviembre de 2016.-
VISTO:
El Expediente Nº 0109-120671/14 del registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos la Resolución N° 0507/15 de la entonces Dirección
General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se propicia, “ad refe-
réndum” de la Superioridad, el ascenso de la Escuela de Nivel Inicial “PRE-
SIDENTE ROQUE SÁENZ PEÑA” de Laboulaye, Departamento Presidente
Roque Sáenz Peña.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decreto-Ley
N° 1910/E/57 y su Reglamentario N° 3999/E/67, Decretos Nros. 41009/A/38,
925/02, y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que conforme con lo expuesto corresponde en esta instancia la rati-
cación del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 02642/15, su proveído de
fecha 26 de noviembre de 2015 y en uso de atribuciones conferidas por
Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0507/15 de la entonces Direc-
ción General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se propicia el as-
censo de la Escuela de Nivel Inicial “PRESIDENTE ROQUE SÁENZ PEÑA
de Laboulaye, Departamento Presidente Roque Sáenz Peña, en los térmi-
nos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma parte
integrante de este instrumento legal como Anexo I, compuesto de una (1)
foja.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
anexo: https://goo.gl/lfsxcp
Resolución N° 1510
Córdoba, 2 de noviembre de 2016.-
VISTO:
El Expediente Nº 0622-125014/13 del Registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones este Ministerio impulsa la crea-
ción de un Instituto Provincial de Educación Agrotécnica en la localidad
de Las Varas -Departamento San Justo-, bajo la dependencia de la
Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, y
sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que funciona-
ban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Técnica N° 263
“DR. BERNARDO HOUSSAY” de Las Varillas, dependiente de la citada
Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del ser-
vicio educativo en el sector en cuestión y su zona de influencia, de
los que surge la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el
mismo, dentro del marco de las políticas educativas imperantes, que
apuntan a garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a
una educación de calidad, con equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 0630/16 y su Anexo I, emanada de la citada
Dirección General, se ha dispuesto -ad referendum de la Superioridad-
la desanexación del servicio en cuestión y la asignación de los cargos
de Director de Tercera (Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (En-
señanza Media) del Presupuesto General de la Provincia en vigencia,
necesarios para su funcionamiento como unidad educativa indepen-
diente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servi-
cio educativo desarrollará sus actividades en el edificio propio construi-
do para tal fin.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen
a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se pro-
cura, debe concluirse en que están dadas las condiciones para dispo-
ner tal medida en esta instancia, al amparo de los artículos 5° y 6º de
la Ley Nº 9870 y los artículos 62 y 63 de la Constitución Provincial.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo establecido
por el artículo 11° inc. i) del Decreto - Ley N° 846/E/63, el Dictamen
N° 2160/16 del Área Jurídica este Ministerio y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CREAR el Instituto Provincial de Educación Agrotécnica N°
403 en la localidad de Las Varas -Departamento San Justo-, bajo la de-
pendencia de la Dirección General de Educación Técnica y Formación
Profesional, y sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que
funcionaban como Anexo al Instituto Provincial de Educación Media N° 263
“DR. BERNARDO HOUSSAY” de Las Varillas, dependiente de la citada
Dirección General.
Art. 2°.- El servicio educativo creado por el artículo 1º de este instru-
mento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en el
edicio propio construido para tal n.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR