Resolución N° 151 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Agricultura y Ganadería
Fecha de la disposición 2 de Noviembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
6
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 219
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
integrante del presente; 2) Suplemento de Prospecto de la primera serie
que como Anexo 2 y con 28 (veintiocho) fojas útiles forma parte integrante
del presente; 3) Contrato de Fideicomiso en Garantía a celebrarse entre la
Provincia y Banco de Valores S.A., que como Anexo 3 y con 53 (cincuenta y
tres) fojas útiles forma parte integrante del presente; y 4) Certicado Global
que como Anexo 4 y con 4 (cuatro) fojas útiles forma parte integrante del
presente.
Artículo 3º. DISPONER que los Sres. Ricardo R. Sosa, en su carácter
de titular del Ministerio de Inversión y Financiamiento y el Sr. Fabián López,
titular del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, éste último
en representación del Lic. Osvaldo E. Giordano a cargo del Ministerio de
Finanzas, suscribirán el Certicado Global Permanente representativo de
los Títulos de Deuda e instruirán a Caja de Valores S.A. para su depósito.
Artículo 4º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: CR. RICARDO ROBERTO SOSA, MINISTRO DE INVERSIÓN Y FINANCIA-
MIENTO / FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLI-
COS A/C DCTO.1388/16
ANEXO: https://goo.gl/Cu3DKE
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Resolución N° 151
Córdoba, 2 de Noviembre de 2016.-
VISTO:
El Expediente Nº 0436-000635/2016, registro de este Ministerio de
Agricultura y Ganadería;
Y CONSIDERANDO:
Que obra Decreto Nº 707/2016, por el que se declara a partir del día
18 de Mayo de 2016 y hasta el día 31 de Diciembre de 2016 en estado
de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, según corresponda, a los pro-
ductores agrícolas, ganaderos, tamberos y apícolas afectados por el fenó-
meno anegamiento de suelos por lluvias extraordinarias, durante el ciclo
productivo 2015/2016, que se encuentren en las zonas afectadas que se
determinan de acuerdo al criterio de cuenca hídrica, conforme el sistema
de información territorial cartográca georeferenciada.
Que el mencionado instrumento legal faculta a esta Cartera de Estado
a dictar las normas complementarias que se requieran a los nes de la
aplicación del mismo.
Que el Área de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Secretaría
de Agricultura adjunta listados de productores agropecuarios afectados por
dicho fenómeno.
Que toma debida intervención el Sr. Secretario de Agricultura instando
el dictado de la Resolución complementaria del Decreto con el n de poder
emitir las constancias correspondientes.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 11º del Decreto Nº
707/2016, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 169/2016;
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1º APROBAR los listados de productores agropecuarios afec-
tados por el fenómeno de anegamientos de suelos por lluvias extraordi-
narias, declarados en estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario
mediante Decreto N° 707/2016, los cuales forman parte integrante de la
presente Resolución, como Anexo I con una (1) foja y Anexo II con una (1)
foja útil.
Artículo 2° EL señor Ministro de Agricultura y Ganadería, el señor Se-
cretario de Agricultura y el Señor Director General de Agencias Zonales po-
drán emitir certicaciones conforme el modelo aprobado oportunamente.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese y archívese.
FDO.: SERGIO SEBASTIÁN BUSSO - MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADE-
RÍA
ANEXO: https://goo.gl/jkfMs7
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1525
Córdoba, 2 de Noviembre de 2016.-
VISTO:
El Trámite Nº SDEE01-673372132-216, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la cobertura de die-
ciocho (18) cargos vacantes de Director Enseñanza Especial y veintidós
(22) cargos vacantes de Vicedirector Enseñanza Especial, en el ámbito de
la Dirección General de Educación Especial y Hospitalaria, cuya declara-
ción de vacancia fuera dispuesta por el art. 1° de la Resolución N° 088/16
emanada de la citada Dirección General, en los términos establecidos por
Ley N° 10237 y su Decreto Reglamentario N° 930/15.
Que en los Anexos I y II de la referida Resolución N° 088/16, se de-
tallan los cargos que se encuentran vacantes y se convocan para cubrir
mediante Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición.
Que el art. 10 de la Ley N° 10237, establece taxativamente: “Estado
de vacancia y convocatoria. Producida la vacante, en el término de cinco
(5) días la Dirección General de Nivel/Modalidad en cuyo ámbito se hu-
biese generado aquella, declarará la misma ad referéndum del Ministerio
de Educación de la Provincia de Córdoba, y formalizará la convocatoria
respectiva…”
Que declarada la vacancia en el marco legal aludido y ya en sustancia-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR