Resolución N° 1504/MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1504/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 3 de octubre de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471 y Nº 1218, el Decreto Nº 3360/MCBA/68, el Expediente Electrónico
07401786-MGEYA-EHU/18 y vinculados, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, y sus expedientes vinculados Nº 07401670-
EHU/18, Nº 07401206- EHU/18 y Nº 07401867-EHU/18 tramitan las denuncias
realizadas por el Ente de Higiene Urbana, por medio de las cuales informa que se
produjo el hurto de los siguientes elementos: SEIS (6) palas de palear, UN (1)
escobillón, UN (1) cepillo, DOS (2) cadenas y DOS (2) cabos pertenecientes al área
patrimonial de ése organismo;
Que mediante Expediente Electrónico Nº 07401786-MGEYA-EHU/2018, se realizó la
correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 48, de la cual surge que se
produjo en fecha 22/09/14 el hurto de una pala de palear, un cepillo, una cadena y un
cabo en la intersección de las calles Somellera y Av. Argentina de esta Ciudad;
Que mediante Expediente Electrónico Nº 07401670-MGEYA-EHU/2018, se realizó la
correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 40, de la cual surge que se
produjo en fecha 24/09/2014 el hurto una pala de palear en la intersección de las
calles Echendia y Av Lacarra de esta Ciudad;
Que mediante Expediente Electrónico Nº 07401206-EHU/2018, se realizó la
correspondiente denuncia policial ante la Comisaria Nº 36 de la cual surge que se
produjo en fecha 14/10/14 el hurto de tres (3) palas en la intersección de las calles
Varela y Av. Francisco Rabanal de esta Ciudad;
Que en Expediente Electrónico Nº 07401867-EHU/2018, se realizó la correspondiente
denuncia policial ante la Comisaria Nº 48 de la cual surge que se produjo en fecha
22/09/14 el hurto de una pala, un escobillón, un cabo y una cadena en la intersección
de las calles Somellera y Av. Argentina;
Que el Ente de Higiene Urbana informó el valor inventariado de los elementos
sustraídos, siendo el valor de cada pala de PESOS CIENTO SIETE ($107), de cada
cepillo y de cada escobillón de PESOS SETENTA Y CINCO ($75), de cada cadena de
PESOS QUINCE con 88/100 ($15,88) y de cada cabo de PESOS VEINTINUEVE
($29);
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de Ciudad, tal como lo establece la Ley N° 1218, la misma se expidió en el
Informe N° 18848937-DGSUM/2018, mediante el cual sugiere a sustanciación de un
sumario administrativo por tratarse de elementos pertenecientes a éste Gobierno, ya
que se exige la observancia del deber de cuidado y conservación del agente usuario o
tenedor de tales herramientas;
Que en razón del principio de celeridad, económica y sencillez, es conveniente el
tratamiento en conjunto de las denuncias realizadas pues al tratarse de elementos
pertenecientes a la misma repartición (Ente de Higiene Urbana) y sustraídos bajo la
modalidad de hurto;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5473 - 08/10/2018

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