Resolución Nº 1503/GCABA/MHGC/17
Firmantes | Mura |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 5.666), 5.460 y modificatoria, los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 363/15, 399/16 y 675/16, la Resolución N°
3555/MHGC/16, el Expediente Electrónico N° 10.160.997-MGEYA-SSHI-2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y modificatorio fue aprobada la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 399/16 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de
Hábitat y Desarrollo Humano, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su
duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y
abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos;
Que el Sr. Damian Ezequiel Marchetti, DNI N° 29.747.139, CUIL N° 20-29747139-3,
presentó su renuncia al cargo de Gerente Operativo de la Gerencia Operativa
Ingeniería Urbana Inclusiva, de la Dirección General Hábitat, de la Subsecretaría de
Hábitat e Inclusión, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N°
3555/MHGC/16;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 13 de la Ley N°
5.460 y modificatoria,
EL MINISTRO DE HACIENDA
RESUELVE
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