Resolución Nº 15/GCABA/SSGEFYAR/17
Firmantes | Gowland |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS |
VISTO:
Las Leyes N° 19.549, N°2.095 (texto consolidado por Ley N° 5666), su Decreto
Reglamentario N° 95/GCBA/14, su modificatorio N° 114/GCBA/16 y su modificatorio N°
411/GCBA/16, la Resolución 349- SSGEFYAR-16, el Expediente Electrónico N° 2016-
20702233-MGEYA-SSGEFYAR y
CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente tramitó la contratación directa para la adquisición del
inmueble sito en la calle Coronel Ramón Lista 5450, entre Moliere y Virgilio,
identificado catastralmente como Circunscripción 15; Sección 93, Manzana 178,
Parcela 2a de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo predio, de acuerdo al
título de propiedad, tiene 1.408,98 m2, compuestos por 24,19 m de frente, en su
costado Nord-Este por 45,34 m donde linda con la fracción 1, su otro costado presenta
una línea quebrada compuesta de tres tramos, el primero que arranca del frente en
dirección Nord Oeste a Sud Este y mide 24,78 m donde arranca el segundo tramo en
dirección Nord este a Sud Oeste y mide 10 m, lindando estos dos últimos con la
parcela 3, al final comienza el tercer tramo hasta encontrar el contra frente y mide
27,70 m. El contra frente está formado por una línea quebrada compuesta de tres
tramos de 14,21 m, 7,30 m y 20,23 m lindando con la fracción C. Dicha contratación
directa se celebró entre el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y el Sr. Sergio Gabriel Nobile propietario del inmueble;
Que en la cláusula sexta de la "Oferta de Opción", obrante al orden N° 3, el vendedor
estipuló como uno de los requisitos para que se realizara la operación que "Los gastos
y honorarios de la Escritura serán a cargo del MECBA. El impuesto de sellos
correspondiente a la Escritura, en caso de ser aplicable, será a cargo del MECBA y el
impuesto a la transferencia de inmuebles y los impuestos que le correspondan en
forma personal a cargo del Vendedor";
Que al orden N°40 luce el modelo de contrato de compraventa que fuera enviado para
el análisis del Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público
de la Procuración General, en el cuál se consignó como cláusula séptima que "Los
gastos y honorarios de escrituración estarán a cargo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires", y ninguna...
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