Resolución N° 15 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 69
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 12 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Y CONSIDERANDO: Que por las Actas arriba citadas se comprobó que el
citado negocio funciona con las siguientes deciencias:
- Carecer de Libro Registro de Pasajeros y /o Reclamos (Ley 7383).
- Carecer de Ficha de Tarifas o no exhibirlas de conformidad con el art. 37
del Decreto 4506/81 (Ley 7383).
- No brindar a los huéspedes las comodidades y servicios mínimos o ha-
cerlo en forma deciente.
- Realizar declaraciones e informaciones falsas o erróneas relativas al es-
tablecimiento, ante el organismo de aplicación, los huéspedes y/o público
en general.
Que en el mismo acto de la inspección se citó y emplazó al responsable
del establecimiento para que en el término de cinco (5) días produjera des-
cargo y ofreciera pruebas, sin que hasta la fecha y no obstante el tiempo
transcurrido haya dado cumplimiento a tal requerimiento en forma sucien-
te motivo por el cual corresponde dar por decaído el derecho dejado de
usar.
Que Coordinación de Fiscalización, Control y Registro en su intervención
de fs. 8 expresa que la tarifa a tenerse en cuenta para la aplicación de la
multa es de Pesos: Setecientos Noventa y Cinco ($ 795.-).
Que Coordinación de Asuntos Legales en su Dictamen No. 085/17 conside-
ra que en el sub-examen la rma titular del establecimiento ha violentado
las disposiciones del Artículo 4º de la Ley No. 6483; por lo que se ha hecho
pasible de multa en los términos del Artículo 1º de la Ley No. 7383 y Artí-
culo 1º incisos: c), h), m) y ñ), del Decreto No. 5162/86.
Que en virtud de todo lo expuesto esta Agencia estima sancionar al titular
del establecimiento denominado “EMPERADOR”, con multa de Pesos: SIE-
TE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($7.950.-), monto equivalente a Diez
(10) tarifas a razón de Pesos: Setecientos Noventa y Cinco ($795).
Por ello, el Dictamen No. 085/17 de Coordinación de Asuntos Legales, las
disposiciones del Artículo 4º de la Ley No. 6483; Artículo 1º de la Ley No.
7383 y Artículo 1º incisos: c), h), m) y ñ) del Decreto No. 5162/86; en uso
de sus atribuciones;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA TURISMO,
SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA
RESUELVE:
Artículo 1º.- SANCIONAR con multa de Pesos: SIETE MIL NOVECIEN-
TOS CINCUENTA ($7.950.-) a la señora JOSEFINA ESTRADA HERNAN-
DEZ, titular del establecimiento denominado “EMPERADOR”, sito en calle
Entre Ríos No. 99 de Villa Carlos Paz – Departamento Punilla – de esta
Provincia, por infracción al Artículo 4º de la Ley No. 6483; Artículo 1º de la
Ley No. 7383; Artículo 1º incisos: c), h), m) y ñ) del Decreto No. 5162/86,
suma que deberá hacer efectiva dentro del término de DIEZ (10) días con-
tados a partir de su noticación bajo apercibimiento de proseguir su cobro
por vía judicial.
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JULIO BAÑUELOS, PRESIDENTE - DIEGO TOMASELLI, DIRECTOR - CAR-
LOS JOSÉ PEZ ALLENDE, DIRECTOR INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS
Resolución N° 282
Córdoba, 19 de octubre de 2017
VISTO: El expediente No. 0260-011774/2015 en el cual a fs. 8/8 vta. obra la
Resolución No. 073/16 de esta Agencia Córdoba Turismo mediante la cual
se dispuso registrar la sanción del establecimiento denominado “MILENIO”
a nombre del señor ALBERTO VALDUCCI, sito en calle Tomás Garzón No.
1085 – de Oncativo – Departamento Río Segundo – de esta Provincia.
Y CONSIDERANDO: Que a fs. 11 vta la Dirección de Inversiones y Servi-
cios Turísticos, solicita se rectique la Resolución No. 073/16 por un error
en lo que respecta al titular del inmueble “Donde dice ALBERTO VALDUC-
CI”, “Debe Decir ALBERTO BALDUCCI” .
Que en virtud de lo expuesto corresponde disponer la recticación de la
Resolución No. 073/2016.
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA TURISMO
SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA
RESUELVE:
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1º de la Resolución No. 073 de esta
Agencia Córdoba Tur ismo dictada con fecha 06 de Abril de 2016, de la
siguiente forma:
Donde dice: “ALBERTO VALDUCCI”.
Debe decir: “ALBERTO BALDUCCI”.
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese y archívese.
FDO: JULIO BAÑUELOS, PRESIDENTE - DIEGO TOMASELLI, DIRECTOR - CAR-
LOS JOSÉ PEZ ALLENDE, DIRECTOR INVERSIONES Y SERVICIOS TURÍSTICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN
OPERATIVA
Resolución N° 15
Córdoba, 09 de abril de 2018
VISTO: El expediente Nº 0034-091106/2018, por el que se gestiona el lla-
mado a Licitación Pública Nº 04/2018, con el objeto de contratar un servicio
de limpieza de los inmuebles ocupados por la Dirección General de Rentas
y otras dependencias de Gobierno para las ciudades de Deán Funes sito
en calle 9 de Julio N° 42, Arroyito sito en calle Mariano Moreno N° 1536 y
Villa de María de Río Seco sito en calle Jerónimo Luis de Cabrera N° 585
de la Provincia de Córdoba, por el término de veinticuatro (24) meses, con
opción a prórroga por hasta igual periodo.
Y CONSIDERANDO: Que puede disponerse el mencionado llamado,
aprobando los Pliegos de Bases y Condiciones y de Especicaciones Téc-

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