Resolución N° 1490 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición23 de Octubre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 209
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 49
Córdoba, 12 de octubre de 2017.-
VISTO el Expediente N° 0458-050849/2017, en cuyas actuaciones la Mu-
nicipalidad de Arroyito, solicita se proceda a la recepción de examen para
acreditar los conocimientos, condiciones y capacidades que habiliten a
personal de su dependencia y localidades aledañas que aspiran a obtener
matricula en calidad de Evaluadores Teórico Practico para la Emisión de
Licencias de Conducir y Autoridad de Control en Normas de Transito y
Seguridad Vial.
Y CONSIDERANDO.
Que el artículo 5 de la Ley de Tránsito N 8.560 dene en calidad de
Autoridad de Control, entre otros,...al organismo que determine la autori-
dad municipal o comunal de las jurisdicciones que adhieran a la presente
Ley y su Reglamentación, y cuyo personal esté especialmente capacitado
mediante los cursos para el control del tránsito….
Que así también y junto a la autoridad de control mencionada, la nor-
mativa exige capacitación previa para el personal que tendrá a su cargo
las distintas evaluaciones teórico-prácticas de conducción Art.10, inciso
4, apartado “a” e inciso 6),del Decreto N° 318/07, reglamentario de la Ley
Provincial de Tránsito 8.560).
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección General de
Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe circunstanciado de
tal proceso de evaluación, situación de la que dan cuenta el Acta N° 061017
– Arroyito.-
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo
normativo supra consignado, esta Dirección General de Prevención de
Accidentes de Tránsito puede disponer la entrega de los Certicados perti-
nentes.
Que tales nes, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de
rigor, corresponde dictar el instrumento que habilite al personal en calidad
de Autoridades de Control y Evaluadores Teórico-Prácticos y ordenar su
inscripción en los Registros pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica de esta Dirección
bajo el N° 62/2017:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
R E S U E LVE:
1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de evaluación realiza-
do en la localidad de Arroyito. para personal de su dependencia y de Muni-
cipalidades y Comunas aledañas, llevado adelante por dependencias téc-
nicas de esta Dirección y que concluyera con la instrumentación del Acta
N° 061017; y, en consecuencia, HABILITAR en carácter de Autoridades de
Control y Evaluadores Teórico Prácticos para le emisión de Licencias de
Conducir al personal nominado en los Anexos I y II, que forman parte de la
presente resolución.
2°.- ORDENAR por la División – Capacitación de esta Dirección Gene-
ral, se proceda a la inscripción en los registros pertinentes a las personas
habilitadas por la misma, consignadas en el Anexo I y II que forman parte
de la presente Resolución, con los números de Matrícula asignados en los
mismos.
3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: DR. MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN
DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
ANEXO: https://goo.gl/uGuEn5
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1490
Córdoba, 23 de octubre de 2017
VISTO: la Nota N° GRH02-721529050-417 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que por el art. 1° de la Resolución Minister ial N° 902/ 14, se dispuso
-entre otras medidas- la designación en carácter de integrantes de la
Comisión Laboral de Concurso y Promoción de este Ministerio, al per-
sonal nominado en el Anexo I que con una (1) foja forma parte de ese
instrumento legal.
Que mediante Resolución N° 996/15 se procedió a modificar par-
cialmente el referido Anexo I y posteriormente se sustituyó el mismo a
través de la Resolución N° 1107/15 emanada de esta Cartera.
Que corresponde en esta instancia efectuar los ajustes necesarios
en lo referente al personal que conformará la Comisión Laboral de Con-
curso y Promoción del Ministerio de Educación elaborándose un nuevo
listado con los miembros que conformaran la aludida Comisión, el cual
debe operar como sustituto del referido Anexo, habida cuenta que la
validez del acto administrativo en cuestión está supeditado al fiel reflejo
de la realidad fáctica y jurídica imperante.
Que conforme con lo expuesto, se estima procedente en esta ins-
tancia adoptar la siguiente medida.
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- SUSTITUIR el Anexo I de la Resolución Ministerial N°
902/2014, por su similar que forma parte integrante del presente instru-
mento legal con una (1) foja por así corresponder y de conformidad con lo
expuesto en el considerando de la presente resolución.
Art. 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, gírese a la Dirección
General de Administración de Capital Humano para su visación, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/SvggCt

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