Resolucion Nº 148 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorSecretaría de Equidad y Promoción del Empleo
VIERNES 1º DE JULIO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 128
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCION DEL EMPLEO
Resolucion Nº 148 .......................................................... PAG. 1
PODER LEGISLATIVO
Ley Nº 10358 .............................................................. PAG. 3
Decreto Nº 768 ........................................................... PAG. 3
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 774 ........................................................... PAG. 3
Decreto Nº 760 ........................................................... PAG. 3
Decreto Nº 771 ........................................................... PAG. 4
Decreto Nº 762 ........................................................... PAG. 4
Decreto Nº 769 ........................................................... PAG. 5
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolucion Nº 88 ............................................................ PAG. 5
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
Resolucion Nº 1649 .......................................................... PAG. 3
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolucion Nº 621 .......................................................... PAG. 8
Resolucion Nº 620 .......................................................... PAG. 8
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolucion Nº 207 .......................................................... PAG. 9
Resolucion Nº 204 .......................................................... PAG. 9
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolucion Nº 36 ........................................................... PAG. 10
continúa en pagina 2
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE
EMPLEO
Resolución N° 148
Córdoba, 21 de Junio de 2016
VISTO: La nueva estructura orgánica del Poder Ejecutivo dispuesta
por Decreto N° 1791/15, modicado por Decreto N° 39/15, y ambos rati-
cados por Ley 10337, creando y determinando las competencias de la
Secretaría de Equidad y Promoción del Empleo, el Decreto N° 560/2016 del
Plan PORLAFLIA y la necesidad de trazar una articulación estratégica con
organizaciones de la sociedad civil para brindar solución a los problemas
de los vecinos de nuestra provincia.
Y CONSIDERANDO:
Que en la estructura orgánica del Poder Ejecutivo prevista en el De-
creto N° 1791/2015, raticado por Ley N° 10.337, compete a la Secretaría
de Equidad y Promoción del Empleo, asistir al Poder Ejecutivo en todo lo
relativo a la consecución de la equidad social, la capacitación laboral, la
promoción del empleo y el fortalecimiento de las asociaciones comunita-
rias, y en particular, conforme al inc. 5 entender en “la promoción, capaci-
tación, subsidio y asistencia técnica de las asociaciones, instituciones de
bien público y organizaciones intermedias y no gubernamentales”.
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la Secreta-
ría de Equidad y Promoción del Empleo, implementa el Plan PORLAFLIA
creado por Decreto N° 560/2016, y el cual incluye, entre otros programas,
el de Fortalecimiento Institucional para Centros Vecinales y de Jubilados
de la Provincia de Córdoba que tiene como objetivo general el de la promo-
ción y fortalecimiento institucional de los Centros y/o Asociaciones Vecina-
les, Comisiones de Vecinos y Centros de Jubilados con personería jurídica
a los nes de constituirlos como ámbitos de recreación e integración social
y comunitaria.
Que los centros de jubilados y pensionados constituyen el ámbito na-
tural para el desarrollo de múltiples actividades destinadas a los adultos
mayores y que permiten a los mismos acceder a mayores niveles de salud,
contención, recreación, esparcimiento e intercambio, generando nuevos
lazos que redundan positivamente en su calidad de vida.
Que la participación en actividades recreativas y sociales proporciona
a los asociados un sentido de pertenencia que es esencial para las organi-
zaciones de la tercera edad.
Por todo ello, en el marco de las competencias y facultades previstas
en el artículo 39° del Decreto N° 1791/15, raticado por Ley N° 10337;
LA SECRETARÍA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- IMPLEMENTASE el “Programa de Fortalecimiento Ins-
titucional para Centros de Jubilados” que tiene como objeto la promoción
institucional de los Centros de Jubilados Provinciales con personería jurí-
dica, asistiendo técnica y económicamente en la ejecución de acciones
solidarias destinadas al mejoramiento de la calidad de vida de los adultos
mayores aliados y/o adscriptos a los mismos.
ARTÍCULO 2.-OBJETIVOS: El “Programa de Fortalecimiento Institu-
cional para Centros de Jubilados” tiene como objetivos especícos:
1. Contribuir a la gestión institucional de los Centros de Jubilados
Provinciales.
2. Brindar asistencia técnica institucional con el n de regularizar
su situación societaria.
3. Contribuir activamente en la gestión institucional de los Centros
Jubilados y pensionados a n de solucionar la necesidad de recur-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR