Resolución N° 146 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Mayo de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVII - Nº 87
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 5 DE MAYO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Artículo 3º.- AUTORÌZASE a la Dirección General de Promoción del
Empleo a realizar las consultas que fueren menester en el Sistema de
Identicación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y otros organismos Na-
cionales, Provinciales y Municipales, a los nes de vericar:
a) El cumplimiento de las condiciones de admisibilidad de las postulantes
referidas a su edad, domicilio y antecedentes laborales.
b) El cumplimiento de las condiciones de admisibilidad de las Empresas
o Empleadores Privados respecto a su condición scal, cantidad de em-
pleados registrados, domicilio, antecedentes obrantes en los organismos
laborales, previsionales y judiciales de contralor.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.-.
FDO.: LAURA JURE, MINISTRA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y DE LA ECONO-
MÍA FAMILIAR.
ANEXO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 146
Córdoba, 30 de abril de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0722-137226/2017, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 2123/2019 emanada de la Di-
rección General de Educación Primaria, mediante la cual se dispuso ad
referendum de la Superioridad, propiciar el ascenso de la Escuela de Nivel
Primario “DR. RICARDO LUTI” de la localidad de Villa Ciudad Parque -De-
partamento Calamuchita-, como así también la reubicación de la docente
Ana María AGOSTINELLI.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorpo-
radas en autos y prescripciones legales de rigor, las decisiones se ajustan
a derecho, pues se encuadran dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídico-for-
mal-pedagógico estatuidos por Leyes Nros. 26206, 9870, Decreto-Ley N°
1910/E/57 y su Reglamentario N° 3999/E/67 y Decreto N° 41009/A/38, en-
contrándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plas-
mada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 838/2020 y en uso de atribu-
ciones conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 2123/19 emanada de la
Dirección General de Educación Primaria, mediante la cual se dispuso,
propiciar el ascenso de la Escuela de Nivel Primario “DR. RICARDO LUTI”
de la localidad de Villa Ciudad Parque -Departamento Calamuchita-,
como así también la reubicación de la docente Ana María AGOSTINELLI
(M.I. N° 17.003.831), en los términos y condiciones que se consignan en la
misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como
Anexo, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 149
Córdoba, 30 de abril de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0722-149933/19 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
ción de la Escuela de Nivel Primario “DE LAS AMÉRICAS” (EE0410409)
de Capital, dependiente de este Ministerio, y la pertinente asignación de la
bonicación respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos y el Dictamen Nº 479/20 del Área
Jurídica de este Ministerio;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
Art. 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “B” de localización a la
Escuela de Nivel Primario “DE LAS AMÉRICAS” (EE0410409) de Capital,

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