Resolución N° 146 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 174
CORDOBA, (R.A.), MARTES 6 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
da cuenta el Acta de fs. 145, a saber: PÉREZ YAEL MACHADO, ÚNICA
PROYECTOS Y OBRAS S.A. y DEICO S.A.;
QUE a fs. 149/150, corre agregado informe producido por la Comisión de
Estudio de Ofertas designada por Resolución N° 451/15, en el que se ad-
vierte que alguna de la documentación acompañada por la rma DEICO
S.A., no fue conforme lo exigía el Pliego de Condiciones, en función de lo
cual se la intimó a regularizar tal situación, por considerarse subsanable y
no esencial, transcurrido el plazo otorgado y no presentando documental
alguna, es criterio de dicha Comisión, rechazar la oferta correspondiente a
la referida Empresa, por apartarse de las bases de contratación;
QUE en el análisis de la documentación presentada por las otras dos ofe-
rentes, éstas cumplimentan en su totalidad lo requerido, lo que acredita su
capacidad jurídica y técnica para obligarse con la Administración;
QUE en consecuencia se procede a analizar comparativamente las dos
(2) propuestas válidas que resultan admisibles presentadas con el Presu-
puesto Ocial:
PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.000.508,16.-
EMPRESA MONTO DE OFERTA % S/ P.O.
PEREZ MACHADO YAEL $ 1.072.057,07.- + 07.15 %
UNICA PROYECTOS Y OBRAS S.A. $ 999.934,49.- - 00.06 %
QUE de conformidad con el análisis efectuado, a tenor de lo dispuesto por
el Art. 13º del PPC., como así también de la documentación obrante en
autos, la propuesta más conveniente en los términos del Art. 29º de la Ley
de Obras Públicas (T.O. por Ley Nº 8614), es la presentada por la Empresa
ÚNICA PROYECTOS Y OBRAS S.A., cuya oferta asciende a la suma de
$ 999.934,96.-, representando un porcentaje del 00.06 % por debajo del
Presupuesto Ocial;
QUE analizada la documentación técnica de las referidas empresas ofe-
rentes, las mismas se ajustan a los requerimientos exigidos por el Pliego
Particular de Especicaciones Técnicas;
QUE por lo tanto recomienda, salvo mejor criterio del Sr. Director General,
RECHAZAR por las razones expuestas la oferta de la Empresa DEICO
S.A. y ADJUDICAR a la Empresa ÚNICA PROYECTOS Y OBRAS S.A., la
ejecución de la obra en cuestión, por resultar su oferta la más conveniente,
ajustándose a pliegos y reuniendo las condiciones técnicas exigidas;
QUE a fs. 151/151 vta. se expide División Jurídica, mediante Dictamen Nº
816/2015, manifestando que atento las constancias de autos, lo dispuesto
por los Art. 2; 4; 9 y 29 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, el Art. 11 de la
Ley Normativa de Ejecución de Presupuesto (T.O. por Ley 6300 y sus mo-
dicatorias) y las facultades conferidas por el Decreto Nº 534/15, puede el
Sr. Director General dictar Resolución rechazando la oferta propuesta por
la rma DEICO S.A. por las razones expuestas y adjudicando los trabajos
de que se trata a la Empresa ÚNICA PROYECTOS Y OBRAS S.A., por la
suma $ 999.934,96.- conforme se propicia;
QUE a fs. 160 corre agregado Certicado de Habilitación para Adjudica-
ción expedido por el Registro de Constructores de Obras, presentado por
la rma ÚNICA PROYECTOS Y OBRAS S.A., en cumplimiento con la nor-
mativa vigente;
ATENTO ELLO y las facultades conferidas por Decreto Nº 2000/2015,
EL SEÑOR SECRETARIO DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º.- APROBAR lo actuado con relación a la Licitación Priva-
da N° 61/15 efectuado el 25 de Setiembre del 2015 para Contratar la
Ejecución de la Obra: “EJECUCIÓN DE REJA DE CIERRE EN GALERÍA
Y REPARACIÓN DE CARPINTERÍA EN LA “ESCUELA RAÚL ÁNGEL FE-
RREYRA, ubicada en AV. Bernardo O´Higgins N° 3500 - B° S.E.P.– CÓR-
DOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL, consecuentemente RECHAZAR la
oferta propuesta por la rma DEICO S.A. por las razones expuestas en
considerandos, que se dan por reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- ADJUDICAR la ejecución de l os trabajos enunciados
en el artículo anterior a la rma ÚNICA PROYECTOS Y OBRAS S.A.,
conforme la Propuesta aceptada de fs. 96 y Presupuesto General de fs.
97, Presupuestos discriminados de fs. 98, 99 y 100, por la suma de PE-
SOS NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA
Y CUATRO CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 999.934,96.-) cantidad
que se autoriza invertir, debiendo suscribirse el contrato correspondiente,
para lo cual el adjudicatario cumplimentará los requisitos que a tal n se
establecen en la documentación contractual, autorizándose la devolución
de las garantías constituidas en concepto de mantenimiento de oferta a la
totalidad de los oferentes.-
ARTICULO 3º.- IMPUTAR el egreso que demande la presente adjudicación
conforme lo indica la Dirección General de Administración del Ministerio
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, en Documento de Contabilidad –
Nota de Pedido Nº 2016/000209 (fs. 157) con cargo a la Jurisdicción 1.50
- Programa 506-005 – Partida 12.06.00.00 Obras – Ejecución por Terceros
del P.V..-
ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE, intervenga la Dirección General de
Administración del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales,
tome razón el H. Tr ibunal de Cuentas, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial y PASE a División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
FDO. DANIEL REY SECRETARIO DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 146
Córdoba, 30 de Junio de 2016
Expediente N° 0045-017558/2015 (Cuerpos 1 al 13).-
VISTO:
este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad propicia se
adjudique la ejecución de la Obra: “REHABILITACIÓN DE RUTA PROVIN-
CIAL N° E-66 - TRAMO: JESÚS MARÍA - ASCOCHINGA, a la empresa
AFEMA SA, por la suma de $ 111.698.482,84.
Y CONSIDERANDO:
Que autorizado el llamado a Licitación Pública por Resolución N° 196/2015
del entonces Ministerio de Infraestructura y efectuadas las publicaciones
correspondientes, se procedió en la fecha y hora jadas, a la apertura de
las ofertas, todo lo cual quedó documentado mediante acta labrada al efec-
to que corre incorporada en autos.
Que se glosa la documentación correspondiente a las ofertas formuladas

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