Resolucion Nº 146 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 98
CORDOBA, (R.A.), MIERCOELS 18 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
viene de tapa
Resolucion Nº 511 “A“........................................ PAG. 6
Resolucion Nº 552 “A“........................................ PAG. 6
Resolucion Nº 551 “A“........................................ PAG. 6
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolucion Nº 22 .............................................. PAG. 7
Resolucion Nº 19 .............................................. PAG. 8
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
DIRECCION GENERAL DE ARQUITECTURA
Resolucion Nº 10 .............................................. PAG. 9
Resolucion Nº 22 .............................................. PAG. 9
Resolucion Nº 13 .............................................. PAG. 10
Resolucion Nº 11 .............................................. PAG. 10
Resolucion Nº 19 .............................................. PAG. 11
Resolucion Nº 46 .............................................. PAG. 11
Resolucion Nº 856 .............................................. PAG. 12
Resolucion Nº 883 .............................................. PAG. 13
Resolucion Nº 729 .............................................. PAG. 14
a dictar las normas complementarias que se requieran a los nes de la
aplicación del mismo.
Que mediante Resoluciones Nº 30/2016 y 40/2016 se aprueban lista-
dos de productores agropecuarios afectados, ambas complementarias al
referido Decreto.
Que el Área de Emergencia Agropecuaria dependiente de la Secreta-
ría de Agricultura adjunta nuevos listados de productores agropecuarios
afectados por dicho fenómeno y realiza modicaciones en el Anexo III de la
Resolución N° 40/2016 con relación a cuentas que han sido dadas de baja
por unicación de lotes; solicita el dictado del correspondiente instrumento
legal.
Por ello, las facultades conferidas por el artículo 10º del Decreto Nº
30/2016, lo informado por el área de Emergencia Agropecuaria y lo dicta-
minado por la Dirección de Asuntos Legales bajo Nº 64/2016;
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
RESUELVE
Artículo 1º MODIFICAR el Anexo III de la Resolución N° 40/2016 com-
plementaria al Decreto N° 30/2016, en cuanto a los listados de productores
agropecuarios conforme a las exclusiones que surgen de la planilla que,
como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante del presente ins-
trumento legal.
Artículo 2º APROBAR los nuevos listados de productores agrope-
cuarios afectados por el fenómeno de anegamientos de suelos por lluvias
extraordinarias, declarados en estado de Emergencia y/o Desastre Agro-
pecuario mediante Decreto N° 30/2016, los cuales forman parte integrante
de la presente Resolución, como Anexo II con tres (3) fojas útiles, Anexo III
con dos (2) fojas útiles, Anexo IV con cuatro (4) fojas útiles y Anexo V con
cuatro (4) fojas útiles.
Artículo 3° EL señor Ministro de Agricultura y Ganadería y el señor
Secretario de Agricultura podrán emitir certicaciones conforme el modelo
aprobado oportunamente.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese y archívese.
FDO. SERGIO SEBASTIÁN BUSSO - MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ANEXO: http://goo.gl/baL9JT
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 146
Córdoba, 29 de abril de 2016
VISTO: El expediente Nº 0311-004470/2016 en que el Ministerio de
Industria, Comercio y Minería, propicia ajustes en la distribución de los
Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Admi-
nistración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 3/4 el señor Ministro de Industria, Comercio y Minería expo-
ne la necesidad de incrementar el crédito presupuestario en la categoría
programática 852/8 “Fortalecimiento de la Actividad Emprendedora” por un
importe de $ 1.500.000.- para atender gastos del proyecto “Ciudad del Em-
prendedor”.
Que las modicaciones propuestas encuadran en las disposiciones
legales vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in ne de la Ley Nº
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por Área
Legales de este Ministerio al Nº 204/16,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General en vigencia de la Administración Provincial, de
conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento Modicación
de Crédito Presupuestario N° 10 del Ministerio de Industria, Comercio y
Minería, el que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección Ge-
neral de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General de la
Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Legislatu-
ra, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO: http://goo.gl/3xZkyL

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