Resolucion N° 1454 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 205
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
tados, con las correspondientes copias de los documentos de identidad e
importes de los pasajes emitidos, a los nes de tramitar el reconocimiento
de los costos incurridos.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, dese copia al Tribunal Electoral Provincial, F.E.T.A.P., A.Se.
TAC., E.R.Se.P., Policía de la Provincia de Córdoba, notifíquese a las em-
presasyARCHIVESE.
FDO: LIC. GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1470
Córdoba, 18 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0110-118046/2009, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
cióndelInstitutoProvincialdeEducación MediaN°380“ANAFRANK”de
Bouwer -Departamento Santa María-, dependiente de la Dirección General
de Educación Secundaria, y la pertinente asignación de la bonicación
respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1540/11 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 44 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución en
el Grupo “C” de localización al Instituto Provincial de Educación Media N°
380“ANAFRANK”de Bouwer-Departamento SantaMaría-, dependien-
te de la Dirección General de Educación Secundaria, y en consecuencia
OTORGAR por ese concepto la bonicación del cuarenta por ciento (40 %)
a su personal docente y del veintiséis por ciento (26 %) a su personal no
docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N°
1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 356; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Admi
nistracióndeCapitalHumano,comuníquese,publíqueseenelBoletínO-
cial y archívese.
FDO.PROF.WALTERGRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
Resolución N° 1454
Córdoba, 10 de Octubre de 2017
VISTO: Los Trámites Nros. SDEE01-805249132-116, ME01-362190088-216,
DGETP01-214146042-715, DGES01-568689132-816 y ME01-618566098-
115 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las
renuncias condicionadas al otorgamiento del benecio previsional presen-
tadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina
en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, me-
diante las cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional co-
rrespondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los intere-
sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINI STRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma denitiva, las renuncias presentadas por
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo
I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal, a par-
tir de las fechas que en cada caso se especica, para acogerse a los benecios
de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja
de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese. FDO.PROF.WALTERGRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/6MuLmQ

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