Resolucion N° 1454 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 19 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Ministerio de educación |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIV - Nº 205
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 20 DE OCTUBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
tados, con las correspondientes copias de los documentos de identidad e
importes de los pasajes emitidos, a los nes de tramitar el reconocimiento
de los costos incurridos.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, dese copia al Tribunal Electoral Provincial, F.E.T.A.P., A.Se.
TAC., E.R.Se.P., Policía de la Provincia de Córdoba, notifíquese a las em-
presasyARCHIVESE.
FDO: LIC. GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1470
Córdoba, 18 de octubre de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0110-118046/2009, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
cióndelInstitutoProvincialdeEducación MediaN°380“ANAFRANK”de
Bouwer -Departamento Santa María-, dependiente de la Dirección General
de Educación Secundaria, y la pertinente asignación de la bonicación
respectiva a su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 1540/11 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 44 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución en
el Grupo “C” de localización al Instituto Provincial de Educación Media N°
380“ANAFRANK”de Bouwer-Departamento SantaMaría-, dependien-
te de la Dirección General de Educación Secundaria, y en consecuencia
OTORGAR por ese concepto la bonicación del cuarenta por ciento (40 %)
a su personal docente y del veintiséis por ciento (26 %) a su personal no
docente, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N°
1001/2014 y su Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 356; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Admi
nistracióndeCapitalHumano,comuníquese,publíqueseenelBoletínO-
cial y archívese.
FDO.PROF.WALTERGRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
Resolución N° 1454
Córdoba, 10 de Octubre de 2017
VISTO: Los Trámites Nros. SDEE01-805249132-116, ME01-362190088-216,
DGETP01-214146042-715, DGES01-568689132-816 y ME01-618566098-
115 del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las
renuncias condicionadas al otorgamiento del benecio previsional presen-
tadas por personal docente dependiente de este Ministerio, que se nomina
en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, me-
diante las cuales se otorgó a los peticionantes el benecio previsional co-
rrespondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los intere-
sados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación
administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particu-
lar por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINI STRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- ACEPTAR en forma denitiva, las renuncias presentadas por
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo
I, el que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal, a par-
tir de las fechas que en cada caso se especica, para acogerse a los benecios
de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja
de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese. FDO.PROF.WALTERGRAHOVAC,MINISTRODEEDUCACIÓN
ANEXO: https://goo.gl/6MuLmQ
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