Resolución N° 145 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor19 de Diciembre de 2017
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 235
CORDOBA, (R.A.) LUNES 4 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
dicho Ministerio otorga el Visto Bueno técnico al mismo.
Que vueltas las actuaciones al Consejo de Desarrollo Sustentable el
mismo propicia la reglamentación de los artículos 83 y 84 del Capítulo XV
de la Ley N° 10.208 excluyendo los artículos 85 y 86 del referido cuerpo
legal, por haber sido reglamentados por Resolución N° 544/2016 del Minis-
terio de Salud.
Que en el proceso de reglamentación de la Ley 10.208, por su com-
plejidad y variedad de instrumentos de gestión y política ambiental que
regula, se hace imprescindible formular las políticas para los diferentes
instrumentos de política y gestión ambiental entre los que se encuentran
las acciones en salud que comprenden la Evaluación de Impacto en Salud
(ElS).
Que el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, en su ca-
rácter de Autoridad de Aplicación de la Ley provincial de Política Ambiental
Nro. 10.208 en forma conjunta con el Ministerio de Salud, según lo estable-
ce en el artículo 83, deben promover acciones de salud ambiental destina-
das a asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones
presentes y futuras en forma prioritaria.
Que en el proceso de ejecución de la referenciada ley es imprescindi-
ble contar con un proceso administrativo que permita desarrollar la evalua-
ción de impacto en salud que determina la ley y que debe realizar la admi-
nistración ambiental y la administración en salud para su implementación.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo establecido por
los artículo N° 11, 27 y 35 del Decreto 1.791 raticado por Ley provincial
N° 10.337 y concordantes del citado cuerpo legal, lo dictaminado por el
Departamento Jurídico del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públi-
cos bajo el N° 97/2017 y la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de
Salud bajo el N° 618/2015 y el N°/2017;
EL MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
Y EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVEN
Artículo 1 APROBAR la reglamentación de los artículos 83 y 84 de la
Ley Provincial Ambiental N° 10.208, que como Anexo, compuesto de nueve
(9) fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese
en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. DR. ING. FABIAN LOPÉZ MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚ-
BLICOS / DR. FRANCISCO FORTUNA, MINISTRO DE SALUD.
anexo: https://goo.gl/oR2qGe
PODER LEGISLATIVO
AUDIENCIA PÚBLICA LEGISLATIVA
PRESUPUESTO, CÓDIGO TRIBUTARIO Y LEY IMPOSITIVA 2018
Decreto N° 200/2017 de fecha 29 de Noviembre de 2017. Visto:... Y Con-
siderando:... El Presidente Provisorio en ejercicio de la Presidencia de la
Legislatura Provincial, Decreta: Art.1°.- Convócase a Audiencia Pública
Legislativa, en los términos del artículo 1º inciso a) de la Ley Nº 9003
y sus modicatorias, a los efectos de que personas humanas y jurídicas
eleven sus opiniones, consideraciones, observaciones u objeciones que
consideren de interés referidas a los proyectos de ley de Presupuesto Ge-
neral de la Provincia para el año 2018, modicaciones al Código Tributario
Provincial (Ley Nº 6006 T.O. 2015) y a otras leyes y Ley Impositiva para el
ejercicio 2018. Art.2°.-… a) La Audiencia Pública Legislativa se desarrollará
en el Palacio Legislativo, sito en calle Deán Funes nº 92 de la ciudad de
Córdoba, el día jueves 7 de diciembre de 2017 desde las 9:00 hs. b) Los
proyectos de ley de los que se trata son el Presupuesto General de la
Administración previsto para el año 2018, adecuaciones al Código Tribu-
tario Provincial y modicación a otras leyes y la Ley Impositiva que prevé
alícuotas y cuotas jas para los tributos provinciales previstos para el año
2018. c) Las entidades cuya participación se invita son aquéllas vinculadas
a las ciencias económicas, entes gremiales, empresariales, sociales, ONG
y todas las que se consideren con interés en hacer saber su opinión a la
Legislatura en lo referente a los tres proyectos, como así también a los
especialistas en temas económicos, tributarios, nancieros y en las acti-
vidades políticas, sociales, etc. que deseen realizar sus aportes, quienes
deberán elevar a la Legislatura un memorial escrito y detallado sobre los
conceptos requeridos. d) Cada entidad podrá estar representada por no
más de dos miembros.-Los arts. 3 y 4 son de forma.- Fdo.: Oscar Félix
González–Presidente Provisorio Legislatura de Córdoba; Guillermo Arias–
Secretario Legislativo.
2 días - Nº 131446 - s/c - 05/12/2017 - BOE
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 145
Córdoba, 27 de noviembre de 2017
VISTO:El Expediente Nº 0279-010422/2017 del registro de este Ministerio
de Ciencia y Tecnología.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.701 de fecha 26 de Octubre de 2.017 el Poder
Ejecutivo Provincial estableció que el Ministerio de Ciencia y Tecnología,
o el organismo que en el futuro lo reemplace, reglamentará y conducirá el
procedimiento de consulta al personal del CEPROCOR para la elección de
los agentes que serán propuestos al Poder Ejecutivo para su designación
como miembros del Directorio de dicho ente autárquico, de conformidad a
los artículos 4 y 5 de la Ley 9717.
Que resulta necesario en la instanciajar pautas y modalidades para
el procedimientos de consulta, debiendo arbitrarse las medidas necesarias
para permitir la plena participación de todo el personal que se encuentre
cumpliendo funciones en el CEPROCOR, como así también, aquellas que
aseguren mayor transparencia y publicidad del proceso de selección.
Que existiendo dos sedes del CEPROCOR, una ubicada en la ciudad
de Córdoba, la otra en Santa María de Punilla, resulta razonableque cada
agente vote un candidato de la sede donde presta sus servicios habituales.

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