Resolución N° 144 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Mayo de 2022
EmisorSecretaría General de la Gobernación
Fecha de la disposición29 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 89
CORDOBA, (R.A.) LUNES 2 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Resolución N° 20
Córdoba jueves, 28 de abril de 2022
VISTO: El expediente 0458-001161/2022, donde consta Decreto N°
09/2022, por el cual el señor Intendente de la Localidad de Embalse, desig-
na al Juez de Faltas Municipal, quien será la autoridad de juzgamiento para
el análisis, tratamiento y resolución de las Actas de Infracción labradas por
el personal dependiente de la Dirección General de Policía Caminera, de
conformidad a lo tipicado a la ley 8560 y su reglamentación.
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 5° de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560, T.O. 2004,
Decreto Reglamentario N° 318, dene como autoridad de juzgamiento y
aplicación de sanciones, la que determina la Autoridad Municipal o Comu-
nal en las jurisdicciones que adhieran a las disposiciones de la Ley y su
Reglamentación y la Dirección General de Prevención de Accidentes de
Tránsito impartirá la capacitación, evaluación, habilitación y registro de los
Jueces que se desempeñarán como Autoridad de juzgamiento. Que la ley
10563 Provincial, en el artículo 7, modica el punto 2 y 3 del inciso b) del
artículo 108 de la ley 8560, disponiendo el deber de las autoridades en
materia de juzgamiento.
Que conforme a los referidos artículos de la Ley Provincial de Tránsito
N° 8560, T.O. 2004, Decreto Reglamentario N° 318, La Dirección General
de Prevención de Accidentes de Tránsito, como Autoridad de Aplicación, es
la encargada de reconocer la designación de la Autoridad Municipal de la
Localidad de Embalse, capacitar, evaluar, registrar y asignar funciones al
Juez que se desempeñe como Autoridad del Juzgamiento.
Que obra en autos la documentación de la Municipalidad de Embalse,
que determina la designación de la Dra. Bainotti Almada, Ángela Raquel,
DNI: 28.272.083, MP 10-587, en calidad de Juez Administrativo Municipal
de Faltas con competencia en el análisis, dictado de instrumentos legales y
resolución de las Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial
de Transito N° 8560 (T.O. 2004), sus modicatorias, concordantes y Decre-
to Reglamentario N° 318/07, labradas por personal de la Dirección General
de la Policía Caminera.
Que en virtud de ello, corresponde a esta Dirección General, dictar el
instrumento legal que habilite al mencionado profesional para la función
supra indicada, con las obligaciones y responsabilidades tipicadas por el
artículo 108, inciso b) Puntos 1, 2, 3, y 4 de la Ley Provincial de Tránsito 8560
( T.O 2004) y su concordante Decreto Reglamentario N° 318/07 y las Reso-
luciones dictadas oportunamente por esta Autoridad de Aplicación, jándose
como fecha de inicio de actividades el día 01 de abril del corriente año, ello
a n de brindar continuidad a la tarea de Juzgamiento de las actas referidas.
Por ello, lo dictaminado por el Asesoría Jurídica de la Dirección Ge-
neral de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N° 20/2022 y en
ejercicio de sus atribuciones:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
Artículo 1°. - HABILITAR, en calidad de Juez Administrativo Municipal
de Faltas de la localidad de Embalse a la Dra. Bainotti Almada, Ángela
Raquel, DNI: 28.272.083, MP 10-587, con competencia exclusiva para el
tratamiento, análisis, dictado de instrumentos legales y resoluciones de las
Actas de Constatación de Infracciones a la Ley Provincial de Transito N°
8560 (T.O. 2004), sus modicatorias, concordantes y Decreto Reglamen-
tario N° 318/07, labradas por personal de la Dirección General de la Poli-
cía Caminera, a cargo del Juzgados Administrativo Municipal de Faltas de
Transito de la Localidad de Embalse.
Artículo 2°. - DISPONER que, por los canales administrativos condu-
centes de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito, se
proceda a la inscripción en los registros correspondientes del profesional
habilitado por el dispositivo anterior, como Juez Administrativo Municipal
de Faltas de Tránsito, conforme al siguiente detalle:
Apellido Nombre DNI
Bainotti Almada, Ángela Raquel 28.272.083
Artículo 3°. - ESTABLECER como fecha de inicio de actividades del
Juez Administrativo Municipal de Faltas, habilitado por el artículo prece-
dente el 28 de abril del corriente. -
Artículo 4°. - ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se pro-
ceda a noticar los alcances de la presente a la Autoridad de Control, a la
Dirección General de Policía Caminera, al “RePAT”, a la Dirección de Juris-
dicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad, a los Juzgados de Faltas
avocados y a la Dirección General De Rentas.
Artículo 5°. - PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 144
Córdoba, 29 de abril de 2022
VISTO: El Decreto Nº 420/2022 del Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado instrumento se establece que, a partir del 2 de
mayo de 2022, todos los agentes de la Administración Pública Provincial,
cualquiera sea el régimen jurídico aplicable a su relación laboral, deberán
prestar servicios con carácter presencial, con excepción de los agentes
afectados a la modalidad de teletrabajo y los dispensados de asistir al lugar
de trabajo por razones sanitarias, conforme lo disponga esta Secretaría
General de la Gobernación.
Que, a dichos efectos, faculta a esta Secretaría General de la Gobernación
a jar las pautas bajo las cuales los titulares de las Jurisdicciones del Poder
Ejecutivo deberán organizar la prestación de servicios en el ámbito de sus
competencias, disponiendo la modalidad de teletrabajo, en los casos que
resulte conveniente.
Que, por lo expuesto, corresponde disponer que a partir de la fecha de en-
trada en vigencia del citado Decreto Nº 420/2022, resultará de aplicación
la Resolución Nº 2021/SGG-00000078 de esta Secretaría General de la

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