Resolución N° 143 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2015
CÓRDOBA, 25 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 118 Primera Sección
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACION PENYA
BARCELONISTA DE CORDOBA “MILONGUITA” HERRERA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 137 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-112903/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“FUNDACION FUN.CO.VI.U. Fundación Interdisciplinaria Contra la Violencia Urbana”, con asiento
en la Ciudad de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “FUNDACION
FUN.CO.VI.U. Fundación Interdisciplinaria Contra la Violencia Urbana”, con asiento en la Ciudad
de Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 143 - Letra:A Córdoba, 7 de Mayo de 2015
VISTO: El expediente N° 0007-098961/2012, en el que tramitan actuaciones relacionadas a la
entidad Civil denominada “ASOCIACION GERONTOGERIATRICA DEL CENTRO PROFESOR
DR. MARIO ALBERTO CROSETTO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 128 “A”/2013 de fecha 22 de Abril de 2013 se aprobó la reforma de
estatuto de la entidad de referencia, que por error material involuntario se coloca como asiento legal
la Ciudad de Villa María en la parte del resuelvo siendo que debería haber colocado que la sede de
la misma es la Ciudad de Córdoba.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652; y la facultad de la administración de revocar sus propios actos,
LA DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E
Artículo 1°.- RECTIFIQUESE la Resolución N° 128“A”/13 dictada con fecha 22 de Abril de
2013, en relación a la sede de la entidad “ASOCIACION GERONTOGERIATRICA DEL CENTRO,
PROFESOR DR. MARIO ALBERTO CROSETTO”, donde dice en el resuelvo el asiento legal en la
Ciudad de Villa María debe decir que la sede de la misma es en la Ciudad de Córdoba.-
Artículo 2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Área de Civiles y Fundaciones a sus efectos.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 138 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118069/2015, mediante el cual la Municipalidad de la Ciudad de
La Calera, remite las actuaciones de la Entidad Civil denominada “CENTRO VECINAL DE BARRIO
MINETTI III SECCION”, en cumplimiento de lo normado en el artículo 4° y concordantes de la Ley
Provincial N° 9420 y Decreto Reglamentario N° 1769.-
Y CONSIDERANDO:
Que la entidad ha obtenido el reconocimiento institucional Municipal en un todo de acuerdo la
normativa vigente en la materia .
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos a los fines de su registración y autorización para
funcionar como persona jurídica.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 segunda parte y concordantes del
Código Civil; artículos , y concordantes de la Ley Provincial N° 9420, Decreto Reglamentario
N° 1769 y en uso de las facultades conferidas por los artículos 6, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: OTORGASE Personería Jurídica a la Entidad Civil denominada “CENTRO VECINAL
DE BARRIO MINETTI III SECCION”, con asiento en la Ciudad de La Calera, Provincia de
Córdoba.
Artículo 2º: PROTOCOLICESE, REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial,
vuelva al Área Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 139 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-100099/2012 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ESPACIO NACIONAL DE JOVENES ACADEMICOS DEL DERECHO DEL TRABAJO –
ASOCIACION CIVIL”(E.N.J.A.De. Tra)”, con asiento en la Ciudad de Córdoba. Provincia de
Cordoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “ESPACIO
NACIONAL DE JOVENES ACADEMICOS DEL DERECHO DEL TRABAJO – ASOCIACION
CIVIL”(E.N.J.A. De. Tra)”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 140 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-117034/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL DE DISEÑADORES EN COMUNICACIÓN VISUAL DE CORDOBA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como
Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
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