Resolución N° 142/MHFGC/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 142/MHFGC/19
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2019
VISTO: el Decreto nro. 1510/GCBA/97 (texto consolidado por Ley Nº 6017), y el
Expediente Electrónico Nº 18.170.167/GCABA-DGCYC/2019, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución nº 207/SSGEOPE/19, tramito la rescisión de la Orden de Compra
Nº413-1156-OC19, adjudicada a la empresa CPT INTEGRAL S.A. y se le impuso una
multa por el incumplimiento incurrido en el Proceso de Compra Nº 623-0213-LPU17,
bajo la modalidad de "Convenio Marco de Compras", para la Adquisición de
Cartuchos, Toner y Afines con destino a distintas dependencias del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Gerencia Operativa del Hospital Neuropsquiátrico José T. Borda del Ministerio
de Salud informa mediante NO-2019-6011715/HNTJB la firma no dará cumplimiento al
contrato adjudicado;
Que al respecto la firma CPT INTEGRAL S.A., envío Notas a la Dirección General de
Compras y Contrataciones aduciendo que, acorde las circunstancias económicas y
dado que los insumos importados requeridos están vinculados al precio dólar, no
pueden cumplir con las obligaciones contractuales;
Que dichas presentaciones dieron lugar al EE-27540866/DGCYC/2018 por el cual se
solicitó a la Procuración General su intervención como Órgano Legal para que efectúe
el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la empresa;
Que el aludido Organo de la Constitución manifestó que "es mi parecer que no
corresponde acceder a la solicitud de modificación de los índices de actualización de
precios solicitada por CPT INTEGRAL SA en el marco de la Licitación Pública N° 623-
0213-LPU17", opinión que fue notificada a la adjudicataria en fecha 01/04/19;
Que notificada de los términos de la mencionada Resolución nro. 207/SSGEOPE/19,
la aludida firma interpone Jerárquico con fecha 25/7/19;
Que en su presentación, la firma señala que oportunamente solicitó la adecuación de
los precios del Convenio Marco ya que, dada la virulenta modificación de los mismos
resultó no sólo en la pérdida total de ganancia sino un resultado comercial negativo,
sosteniendo la falta de respuesta de la administración a su requerimiento y la apatía
de la misma en el trámite de las sucesivas peticiones, terminando aquello en el fracaso
del negocio, toda vez que se seguían emitiendo órdenes de compra haciendo oídos
sordos a los sucesivos planteos;
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones informó que luego de
constatar en el procedimiento de actualizaciones de precios llevado a cabo por esa
Dependencia - dentro del Convenio Marco en cuestión- que si bien es cierto que la
variación de los precios, al ser productos precio dólar, sufrieron un incremento
sustancial, parte de ese incremento fue atenuado por las mencionadas actualizaciones
mensuales de precios en los meses de abril a septiembre inclusive;
Que dicha Dirección General de Compras y Contrataciones entiende que corresponde
sostener lo dispuesto en la Resolución atacada atento que no resulta cierto lo
planteado por la recurrente ya que oportunamente se le comunico vía Cédula de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5773 - 06/01/2020

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