Resolución N° 1418/MAYEPGC/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 1418/MAYEPGC/18
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471 y Nº 1218, el Decreto Nº 3360/MCBA/68, el Expediente Electrónico
06628527-MGEYA-EHU/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la denuncia realizada por el Ente de
Higiene Urbana, por medio de la cual se informa que se produjo el hurto de DOS (2)
palas de palear, pertenecientes al área patrimonial de ése organismo, ocurrido en la
intersección de Av. Riestra y Larrazabal, de esta ciudad;
Que el Sr. Hernan Lafuente, encargado de las herramientas en cuestión, realizó la
correspondiente denuncia policial ante la Comisaría Nº 48, de la cual surge que el
hurto se produjo entre las fechas 26 y 27 de agosto de 2013;
Que por el Informe N° 04371716-EHU/2013, el capataz Victor Maldonado, quien presta
servicios en el Ente de Higiene Urbana, informó al Subgerente de Barrido de Calles del
Ente de Higiene Urbana que: "... estando en el cuadro 15 a mi cargo, constaté el hurto
de 2 palas con candado y cadena incluida perteneciente a los agentes Lafuente
Hernan Ficha N° 452.233 y Gonzalez Carlos Ficha N° 438.525, siendo las 11 hs en la
calle Larrazabal esquina Av Riestra de esta Capital Federal ...";
Que mediante Informe N° 04371798-EHU/2013, el Ente de Higiene Urbana informó el
valor inventariado del elemento sustraído, siendo el precio unitario de la pala de Pesos
Sesenta y Cuatro con 80/100 ($ 64,80);
Que, asimismo el Decreto Nº 3360/MCBA/68, reglamentario de los sumarios
administrativos, estableció que “Corresponde a la Dirección de Sumarios la instrucción
de los sumarios destinados a esclarecer y hacer efectiva la responsabilidad
disciplinaria de los agentes municipales en los casos de faltas administrativas
cometidos por los mismos“;
Que habiendo sido consultada la Dirección General de Sumarios de la Procuración
General de Ciudad, tal como lo establece la Ley N° 1218, la misma se expidió en el
Informe N° 14674153-DGSUM/2018, mediante el cual sugiere a sustanciación de un
sumario administrativo por tratarse de elementos pertenecientes a éste Gobierno, se
exige la observancia del deber de cuidado y conservación del agente usuario o
tenedor de tales herramientas;
Que por lo expuesto, corresponde ordenar la instrucción de un sumario administrativo,
a fin de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, y posteriormente, determinar si
corresponde atribuir responsabilidades.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5462 - 21/09/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR