Resolución N° 141/SSAH/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición29 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 141/SSAH/19
Buenos Aires, 17 de abril de 2019
VISTO: el Decreto Nº 433/16 y el EE-2018-15615267-SSAH, y;
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
a las prestaciones efectuadas por la Institución ABUELA GRANDE S.R.L., por el
servicio de atención médica con alojamiento, la Sra. FLORES ADRIANA, D.N.I.
30.600.999, realizado durante el periodo marzo 2019, por la suma total de PESOS
CUARENTA MIL ($40.000,00);
Que por RESOL-2016-416-SSASS, -comunicada por NO-2016-20147353-DGADCYP-
se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Decreto 433/16;
Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y
Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación
obrante en los presentes, con aplicación de la normativa vigente;
Que consta en el actuado IF-2018-32880997-SSAH, mediante el cual este
Subsecretario Atención Hospitalaria, da cuenta de los pormenores y antecedentes del
gasto que nos ocupa, entre los cuales se destaca que, mediante reiteradas
intervenciones, el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha intimado
a este Ministerio de Salud a proveer un dispositivo con características especiales para
alojamiento y tratamiento de la paciente que nos ocupa;
Que asimismo se pone de resalto que se encuentra en situación de vulnerabilidad
social, familiar y económica; no es autoválida, y no posee Certificado de Discapacidad
o Pensión no Contributiva, situación que se intenta resolver desde esta Subsecretaría,
a fin de lograr asignación de una Obra Social;
Que en los informes este Subsecretario agrega que la Sra. Flores se encontraba
cursando internación en el Servicio de Guardia del Hospital General de Agudos Dr.
Cosme Argerich, por el término de diez meses, "...con patología crónica en su salud y
dado el riesgo potencial que implica la permanencia innecesaria en un ámbito
hospitalario frente a la posibilidad de contraer enfermedades intrahospitalarias, se
hace inconveniente su permanencia dado su precario estado de salud";
Que a fin de agotar todos los recursos que posee el Sistema, se realizaron diversas
consultas a Instituciones conveniadas, siendo las respuestas negativas dada la
patología de la paciente;
Que en virtud de lo expuesto esta Subsecretaría articuló las búsquedas de dispositivos
realizando contacto con instituciones externas;
Que obra presupuesto de la Institución ABUELA GRANDE S.R.L., el que "...resultó
razonable incluyendo dentro de sus prestaciones, alojamiento con modalidad hogar,
cuidados permanentes, asistencia para las actividades de la vida diaria, silla de
ruedas, actividad con estimulación cognitiva, psicología, kinesiología y nutrición entre
otros servicios y materiales e insumos, por la suma mensual de Pesos Treinta y Cinco
Mil ($35.000,00)", como asimismo comprobante de RIUPP;
Que teniendo en cuenta lo expuesto, la situación del paciente y los plazos dados por el
Oficio mencionado, se decidió tomar la vacante disponible de la Institución ABUELA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5606 - 29/04/2019

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