Resolución N° 14/SSREGIC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición28 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 14/SSREGIC/21
Buenos Aires, 1 de marzo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado por la Ley Nº 6.347.), el Código de la Edificación (Ley 962) el
Decreto Nº 463/19 y sus modificatorios, el Decreto Nº 177/2020, el Código de
Planeamiento Urbano (Ley 449, texto consolidado por la Ley 6.017), el Expediente
Electrónico Nº 2017-29873449 MGEYA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que a través de los presentes actuados, Expediente Electrónico 2017-29873449
MGEYA-DGROC se ha presentado documentación para registrar obras ejecutadas sin
permiso no reglamentarias en la finca sita en Andonaegui N° 2678-82 U.F. N° 14 de
esta Ciudad, destinadas a “Vivienda Multifamiliar”;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de cuarenta y cinco metros
cuadrados (45,00 m2), los cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria
(Piso 5º: SUM, toilette, escalera y proyección alero), según surge del cotejo entre el
plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas
s/Nº de Orden 9 (PLANO-2017-29873430-DGROC) y los planos presentados para
regularizar la situación s/ Nº de Orden 211 (PLANO-2020-10315590-GCABA-
DGROC);
Que a través de IF-2020-16266231-GCABA-DGROC, en Nº de orden 238, la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación Verificación y Control, perteneciente a la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, informó que los derechos de
Delineación y Construcción están abonados correctamente;
Que la finca en cuestión se encuentra afectada al presupuesto establecido en el
LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V del Código Civil y Comercial de la
Nación, según consta en Nº de Orden 13 (RE-2017-29873445-DGROC); con su
autorización correspondiente s/Nº de Orden 74 (RE-2018-18093642-DGROC) y Orden
190 (IF-2020-06920591-GCABA-DGROC) informe emitido por el Sector Urbanístico y
de Legislación;
Que, Gerencia Operativa de Registro de Obras a través de Informe IF-2020-23683342-
GCABA-DGROC en Nº de orden 262 expresó: “...que las obras ejecutadas sin permiso
no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones
reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben
satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente en Nº
de Orden 8 Pág. 1 a 2 / 3 (RE-2017-29873424-DGROC), las mismas no comprometen
la estabilidad, seguridad y salubridad pública de sus ocupantes y de terceras
personas, haciéndose responsable por cualquier divergencia con la realidad o
falseamiento”
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene el Artículo 2.1.1.1. “Trabajos
que requieren permiso de obra” del Código de la Edificación y el Artículo 5.4.1.4.
“Distrito R2b a) R2bI Disposiciones Particulares Inciso d) FOT” del Código de
Planeamiento Urbano, según surge de Nº de Orden 243 (IF2020-16978037-GCABA-
DGROC); observándose que la misma encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6111 - 28/04/2021

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