Resolución N° 14-APRA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición22 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 14/APRA/18
Buenos Aires, 16 de enero de 2018
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 471, su Reglamentación y
sus normas complementarias, Nº 1.218 y N° 2.628 (textos consolidados por Ley Nº
5.666), los Decretos N° 3.360/MCBA/68 y sus modificatorios, N° 468/GCABA/08, Nº
37/GCABA/16, las Resoluciones N° 1.057/MAYEPGC/14, N° 483/APRA/14, los
Expedientes Electrónicos Nº 2013-06674420-MGEYA-DGTALAPRA y Nº 2014-
14846215-DGSUM, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico Nº 2014-14846215-MGEYA-DGSUM tramitó la
Resolución Nº 483/APRA/14 que dispuso la instrucción del sumario administrativo
tendiente a la averiguación de la real ocurrencia de los hechos acontecidos el día 24
septiembre del año 2013 en la entonces Gerencia Operativa de Coordinación de
Atención al Contribuyente de la Agencia de Protección Ambiental;
Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución citada, la Procuración General
de la Ciudad de Buenos Aires tramitó la instrucción del Sumario Nº 301/2014;
Que de las constancias que surgen del Expediente Electrónico Nº 2013-6674420-
MGEYA-DGTALAPRA, obra el Informe datado el día 7 de marzo de 2014, donde la ex
Gerente Operativo de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental, la Sra. Adriana
López, puso en conocimiento de la superioridad que la señora S.L.E.V. se apersonó a
comienzos del mes de noviembre del año 2013 en la Defensoría del Pueblo de la
Ciudad de Buenos Aires, para presentar una denuncia contra G.A.A., en su carácter
de Gerente Operativo de Coordinación de Atención al Contribuyente de la Mesa de
Entradas, en los términos de la Ley Nº 1.225 (texto consolidado por Ley Nº 5.666);
Que abierta que fuese la etapa instructoria del presente sumario administrativo, se
recibió declaración testimonial a la agente S.L.E.V., quien prestaba funciones en el
Sector Mesa de Entradas de la Agencia de Protección Ambiental;
Que es preciso subrayar, que de las declaraciones recabadas durante la Instrucción,
surge que ninguno de los testigos estuvo presente en el momento del hecho, sino que
tomaron conocimiento de lo acaecido el día 24 de septiembre de 2013 por comentarios
de algunos compañeros;
Que en consecuencia, nada aportaron con respecto al trato entre la quejosa y el
denunciado;
Que respecto a lo alegado por S.L.E.V. acerca del cambio de su cargo de Jefa de
Departamento de Mesa de Entradas mediante la Resolución Nº 228/APRA/14 no
quedó acreditado;
Que es de destacar que esta última circunstancia que ostentaba la denunciante al
momento de los hechos investigados, no forma parte del objeto del sumario, dado que
el artículo 1º de la Resolución Nº 483/APRA/14 sólo se refiere a averiguar la real
ocurrencia de lo acaecido el día 24 de septiembre de 2013 en la entonces Gerencia
Operativa de Coordinación de Atención al Contribuyente;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5299 - 22/01/2018

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