Resolución N° 14

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición10 de Julio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 127
CORDOBA, (R.A.) MARTES 10 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
ciales, de conformidad al procedimiento que cada repartición haya
establecido como mecanismo de control, noticarán de inmediato a
la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas,
para que se formule emplazamiento correspondiente, para que en un
plazo no mayor de 15 (quince) días hábiles reestablezca la ejecución
de las obras, bajo apercibimiento de ejecutar las garantías.
Artículo 5º MODIFICAR el texto del punto 4.5.7.3 del Anexo Único del
Decreto Nº 1693/16, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“4.5.7.3. La liberación total de la garantía sólo se producirá cuando
todas las obras se hayan ejecutado en del modo y el plazo previsto,
siempre previo informe favorable de la Secretaría de Administración
Financiera del Ministerio de Finanzas.
Artículo 6º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial de la Provincia de Córdoba y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Resolución N° 14
Córdoba, 25 de junio de 2018
VISTO: El Expediente N° 0033-104490/2018 en que se gestiona la baja de
bienes, pertenecientes a la Dirección de Catastro del Ministerio de Finan-
zas en condición de desuso entregados al Centro de Desarrollo Deportivo
Güemes.
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 3 se agrega Actas de entrega y recepción de los bienes mue-
bles en desuso al Centro de Desarrollo Deportivo Güemes.
QUE a fs. 4 obra listado destallado de bienes.
QUE el Art 124 inc. 3 c) del Decreto n° 525/95 Reglamentario de la Ley
7631, disponen que los cambios de afectación de bienes muebles dentro
de la Administración General de la Provincia serán autorizados por el Mi-
nisterio de Finanzas a través del Contador General de la Provincia cuando
se produzca entre organismos atendidos por Servicios Administrativos de
distinta jurisdicción.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc. 3 c) del Decreto N° 525/95
Reglamentario de la Ley 7631 y Art 148 del Anexo “A” de la Resolución N°
02/2014 de la Secretaria de Administración Financiera, modicada por la
Resolución N° 14/15 de la Contaduría General.
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: AUTORIZAR el cambio de afectación de los bienes
muebles pertenecientes a la Dirección de Catastro que se detallan a conti-
nuación:
1) Ficheros metálicos cuatro cajones 046x067x1.33 (Cantidad: 2- N°
de Inventario: 000631(Inventario Córdoba Capital) 0277 (Inventario
Delegación Jesús María).
2) Escritorio formica símil madera, con estructura metálica y tres
cajones de chapa 1.10x0.60x0.75 m. (Cantidad: 2- N° de Inventario:
001841, identicador único- 0158, identicador alternativo)
3) Sillas metálicas tapizadas en cuerina negra (Cantidad: 4- N° de
Inventario: 000985-000986-000597 -s/d)
ARTICULO 2°: ORDENAR a la Dirección de Catastro del Ministerio
de Finanzas para que realice la Baja Patrimonial de los bienes entregados
y a la Dirección de Administración del Ministerio de Educación, registre el
Alta Patrimonial de dichos bienes en el Sistema Único de Administración
Financiera (SUAF), todo ello dentro de los treinta (30) días de sancionada
la presente Resolución.
ARTICULO 3°: PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Ocial de
la Provincia, comuníquese a las jurisdicciones intervinientes y archívese.
FDO: DANIELA RODOLFI TUZINKEVICZ, CONTADORA GRAL.DE LA PROVINCIA
Resolución N° 12
Córdoba, 25 de junio de 2018
VISTO: El Expediente N° 0033-107227/2018 en que se gestiona la baja de
bienes, pertenecientes a la Dirección de Catastro del Ministerio de Finan-
zas en condición de desuso entregados al IPET N° 413 de la Localidad de
Sinsacate.
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 3 se agrega Actas de entrega y recepción de los bienes mue-
bles en desuso al IPET N° 413 de la Localidad de Sinsacate.
QUE a fs. 4 obra listado destallado de bienes.
QUE el Art 124 inc. 3 c) del Decreto n° 525/95 Reglamentario de la Ley
7631, disponen que los cambios de afectación de bienes muebles dentro
de la Administración General de la Provincia serán autorizados por el Mi-
nisterio de Finanzas a través del Contador General de la Provincia cuando
se produzca entre organismos atendidos por Servicios Administrativos de
distinta jurisdicción.
POR ELLO, y lo dispuesto por el Art. 124 Inc. 3 c) del Decreto N° 525/95
Reglamentario de la Ley 7631 y Art 148 del Anexo “A” de la Resolución N°
02/2014 de la Secretaria de Administración Financiera, modicada por la
Resolución N° 14/15 de la Contaduría General.
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
ARTICULO 1°: AUTORIZAR el cambio de afectación de los bienes
muebles pertenecientes a la Dirección de Catastro que se detallan a conti-
nuación:
1) Escritorio Metálico con dos cajones (Cantidad: 8 N° de Inventario:

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