Resolución N° 14 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición 9 de Febrero de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 56
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 21 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U EL V E :
Artículo 1º.- DECLÁRASE fracasado el llamado a concurso para la co-
bertura del cargo Nº 270 – Jefatura de División Control de Documentación
y Certicaciones de la Jefatura de Área Inspecciones y Certicaciones de
la Dirección General de Vivienda dependiente del entonces Ministerio de
Infraestructura, cuya cobertura fuera dispuesta mediante el llamado a con-
curso de títulos, antecedentes y oposición convocado por Resolución Nº
132/2015 del entonces Ministerio de Infraestructura, en los términos del
artículo 14º, punto II) B) de la Ley Nº 9361, por las razones expuestas en
los considerandos del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a la
Dirección de Jurisdicción de Recursos Humanos de este Ministerio, a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO. RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 14
Córdoba, 09 de febrero de 2018
Expediente Nº 0045-020054/2017.-
VISTO: este expediente por el cual la Dirección Provincial de Vialidad propi-
cia por Resolución Nº 00133/2018 la contratación directa con el Consorcio
Caminero Regional Nº 12 para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO
CAMINOS DE TIERRA – REGIÓN 12 – DEPARTAMENTOS: GENERAL
SAN MARTÍN – JUAREZ CELMÁN – RÍO CUARTO – AÑO 2018”, por la
suma de $ 24.030.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que surge de lo expresado en la citada Resolución que con la obra de
referencia se pretende restaurar las redes viales primarias, secundarias
y terciarias sin pavimentar, con el objeto de lograr mejor transitabilidad y
seguridad, obteniendo mayor economía del transporte para el usuario y
para la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran
agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución, cómputo y certica-
ción de los trabajos.
Que el contrato se regirá por el sistema Modular de Certicación de obras,
que posibilitará una gran agilidad operativa para la ejecución de las mis-
mas, como también realizar una serie de trabajos tendientes a una consoli-
dación denitiva del tramo y el aumento de la categoría funcional de la vía.
Que se ha incorporado en autos la documentación técnica para la presente
obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Especica-
ciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad, Pliego
Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones, Pliego
Particular de Especicaciones Técnicas, Nómina de ubicaciones de cami-
nos y Cartografía correspondiente, descripción de los Ítems del Contrato y
Presupuesto Ocial por la suma de $ 24.030.000,00, todo lo cual ha sido
aprobado por el Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad mediante
Resolución N° 00133/2018.
Que el Jefe de Departamento I Conservación Caminos de Tierra de la re-
ferida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el costo
de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecutaran a
través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del Con-
sorcio Caminero Regional Nº 12 de conformidad a la previsión del ar tículo
15 - apartados 4 y 6 del Pliego Particular de Condiciones.
Que el Jefe del citado Departamento maniesta que el Consorcio Camine-
ro Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas para ser
el adjudicatario de la obra, como también que este modo de contratación
va a producir un signicativo ahorro económico del proceso administrativo,
celeridad, eciencia y ecacia, basado en el concurso activo y concertado
de varios consorcios, para realizar una función única de conservar, cuyo
efecto es superior a la suma de efectos individuales.
Que se ha incorporado en autos Acta de Conformidad suscripta por el Pre-
sidente del Consorcio Caminero Regional N° 12, para la ejecución de la
obra de que se trata por la suma de $ 24.030.000,00, comprometiéndose a
ceder los pagos correspondientes a los Consorcios Camineros Subcontra-
tistas integrantes de su Regional.
Que se agrega Documento Contable - Nota de Pedido N° 2018/000075,
que certica la reserva presupuestaria para atender a la erogación que lo
gestionado demanda.
Que obra Dictamen Nº 20/2018 del Departamento Jurídico de este Minis-
terio en el que se expresa que la contratación en la forma que se propicia
encuentra sustento legal, en cuanto a su modalidad y procedencia, en las
previsiones de la Ley Nº 6233 y conforme lo establecido por el artículo
7º - inciso b) – punto 4 de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10.417,
artículo 43 de la Ley 10.507 y facultades otorgadas por la Ley Nº 10.220,
atento a que la obra es atendida con Recursos Afectados, puede contratar-
se directamente con el Consorcio Caminero Regional Nº 12, la ejecución
de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 20/2018 y en uso
de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Caminero
Regional Nº 12, la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS DE
TIERRA – REGIÓN 12 – DEPARTAMENTOS: GENERAL SAN MARTÍN
– JUAREZ CELMÁN – RÍO CUARTO – AÑO 2018”, por la suma de Pesos
Veinticuatro Millones Treinta Mil ($ 24.030.000,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos
Veinticuatro Millones Treinta Mil ($ 24.030.000,00) conforme lo indica el
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Via-
lidad en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N° 2018/000075,
de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50

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