Resolución N° 139 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 7 de Junio de 2021 |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS |
Fecha de la disposición | 3 de Mayo de 2021 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 112
CORDOBA, (R.A.) LUNES 7 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
pulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2021/00046 que certica la reserva presupuestaria para atender la eroga-
ción que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 169/2021 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las
constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los
extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016, modicado
por Decreto 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 223/216,
atento a que se ha vericado una variación en los precios ponderados de los
factores de costos del contrato superior al cinco por ciento (5%) respecto a los
valores contractuales vigentes, puede procederse a la aprobación del nuevo
monto del contrato de la obra, debiendo oportunamente suscribir la adenda de
contrato correspondiente, habida cuenta que existe una modicación del precio
contractual que produce consecuencias jurídicas en la ejecución del contrato
de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 169/2021 y en uso de sus atribuciones (Ley 10.546, Decreto 1053/2018
y demás relacionados);
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Segunda Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de costos producidas en el mes de octubre de 2020,
de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “MEJORAMIENTO SU-
PERFICIE DE CAMINO RURAL T-54-19 RIO CUARTO - CONSORCIO CA-
MINERO ÚNICO” por la suma total de Pesos Un Millón Trescientos Doce
Mil Quinientos Noventa y Uno con Cincuenta Centavos ($ 1.312.591,50),
conforme Formulario de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios
suscripta con fecha 22 de marzo de 2021, por el Consorcio Caminero Úni-
co, representado por su Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contratista
de la obra, que como Anexo I compuesto de una (1) foja, se acompaña y
forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Un Millón Trescientos Doce Mil Quinientos Noventa y Uno con
Cincuenta Centavos, ($ 1.312.591,50), conforme lo indica la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, en su Documento de Contabili-
dad – Nota de Pedido Nº 2021/000146, de acuerdo al siguiente detalle: con
cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 511-000, Partida 12.06.00.00 – Obras
– Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 139
Córdoba, 03 de mayo de 2021
Expediente Nº 0045-022737/2020/A5.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la Adecuación Provisoria de Precio Nº 1,
por las variaciones de costos vericadas en el mes de diciembre de 2020,
en la realización de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINO DE LA RED
TERCIARIA T-271-3 – TRAMO: RUTA PROVINCIAL Nº 4 – ESTABLECI-
MIENTO EL GUANAQUITO - DEPARTAMENTO PRESIDENTE ROQUE
SÁENZ PEÑA”
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – en adelante POP, de
conformidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario
N° 750/2019, Resolución N° 1 de la Secretaría de Planeamiento y Moderni-
zación, Resolución N° 20 de la Dirección General de Compras y Contrata-
ciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de
aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que la adecuación de precio de que se trata encuadra en las previsio-
nes del Decreto Nº 800/2016, modicado por su similar Nº 30/2018, dispo-
siciones de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales y Punto V del Legajo Único de Contratación de
la obra de referencia.
Que obra documento titulado “Índice”, suscripto por la Directora Gene-
ral de Coord. de Obras Públicas de éste Ministerio, haciendo plena fe de su
contenido.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 214/2020, de fecha 16 de no-
viembre de 2020, se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio
Caminero Único, suscribiéndose el pertinente Contrato el día 30 de no-
viembre de 2020 y que el plazo de obra se encontraba vigente hasta el
16/03/2021, conforme Informe de autos.
Que obra en autos el pedido de redeterminación realizado por el Con-
sorcio Caminero Único, suscripto digitalmente con fecha 15/12/2020.
Que el Departamento Gestión Económica de Obras de la Dirección
Provincial de Vialidad acompaña informe técnico, junto a similar titulado
“Adecuación Provisoria – Obra Faltante a Ejecutar – Diciembre/2020”, de
los cuales surge que los cálculos practicados se hallan en consonancia
con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, y que a la fecha del primer
salto el porcentaje físico faltante de ejecutar de la obra era del 100% y que
la variación al mes de diciembre/2020 alcanzó un 15,24% lo que
representa económicamente un incremento de $ 4.565.737,43, en conse-
cuencia el nuevo costo del presupuesto total de la obra a precios del mes
de diciembre de 2020 es de $ 36.098.568,15.
Que asimismo, consta en autos Planilla de Índices, de Coecientes y
de Monto de Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incor porado en autos Formulario de Aceptación de Adecua-
ción Provisoria de Precios, suscripta por el señor Presidente del Consorcio
Caminero Único, por la que acepta la primera Adecuación Provisoria de
Precios por las variaciones de costos vericadas en el mes de diciembre
de 2020, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo, conforme lo
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