Resolución N° 1371 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 217
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 3 DE NOVIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
el artículo precedente dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas, de publi-
cada la fecha de iniciación de la prueba Teórica, por escrito ante el Jurado
actuante, acompañando copia certicada de la noticación de la Lista de
Orden de Mérito denitiva del Concurso en que hubiere participado, pu-
diendo ejercer este derecho por el término improrrogable de dos (2) años
a partir de la fecha de publicación ocial de la Lista de Orden de Mérito
denitiva del Concurso precedente.
Art. 3°. ESTABLECER que al docente aspirante se le dará por aproba-
da la Prueba Teórica con el mismo puntaje que le fuera adjudicado en el
Concurso previo y aprobado, y con este puntaje incorporarse en el listado
de orden de mérito correspondiente a la Prueba Teórica en curso, ello de
conformidad con lo dispuesto en el art. 2° de este dispositivo legal.
Art. 4°. PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1371
Córdoba, 14 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0109-037253/1995 (Cuerpos I y II), del Registro del Minis-
terio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la creación de una Escuela de
Nivel Inicial de Tercera Categoría en Barrio Ampliación Los Gigantes de esta
Capital, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Inicial.
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de brindar dicho servicio
educativo a una signicativa población escolar perteneciente a familias anca-
das en el sector.
Que por Resolución N° 0256/13, emanada de la entonces Dirección Ge-
neral de Nivel Inicial y Primario, se ha dispuesto -ad referéndum de la superiori-
dad- la desanexación del servicio en cuestión, como así también se impulsa la
creación del mismo.
Que la Dirección de Recursos Humanos ha asignado un (1) cargo de Di-
rector Escuela Primaria de Tercera del Presupuesto General de la Provincia en
vigencia, necesario para el funcionamiento como unidad educativa indepen-
diente.
Que surge de lo actuado en autos que la aludida escuela funciona de he-
cho desde el mes de abril de 2012 en el edicio construido para tal n.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las ocinas técnicas
intervinientes, resulta procedente en esta instancia acceder a lo procurado, al
amparo de lo establecido en los artículos 4°, 5° y concordantes de la Ley Nº
9870.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica de este
Ministerio con el N° 1806/13 y en uso de atribuciones conferidas por Decreto N°
556/2016,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1°.- CREAR una Escuela de Nivel Inicial en Barrio Ampliación Los
Gigantes de esta Capital, bajo la dependencia de la Dirección General de Edu-
cación Inicial.
Art. 2°. EL servicio educativo creado por el artículo 1º de este instrumento
legal será de Tercera Categoría y desarrolla sus actividades en el edicio cons-
truido para tal n.
Art. 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín O-
cial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Resolución N° 1367
Córdoba, 14 de octubre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0109-114360/2013, del registro del Ministerio de Educa-
ción;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 0671/2015 emanada de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso ad re-
ferendum de la Superioridad, la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial
“REPUBLICA DE ITALIA” de Colonia Caroya.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorpora-
das en autos y prescripciones legales de rigor, la decision se ajusta a derecho,
pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con el requerimiento jurídico-formal-pe-
dagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N° 41009/A/38, y
N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución de
marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la ratica-
ción en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Área Jurídica de este Ministerio con el N° 0311/2016, y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 0671/2015 emanada de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso la
recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “REPUBLICA DE ITALIA” de Co-
lonia Caroya, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como
Anexo, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
ANEXO: https://goo.gl/DaSAru

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