Resolución N° 137/AGC/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 137/AGC/21
Buenos Aires, 12 de mayo de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad DNU N° 1510-
GCABA/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Disposición N° 1508-GCABA-
DGHP/20, el Expediente Electrónico N° 2017-20263365-MGEYA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la solicitud de
ampliación de superficie sin ampliación de rubro iniciada por la Sra. Laura Gabriela
Marmo, en su carácter de Gerente de la firma “CSM PRODUCTOS LACTEOS S.R.L.”,
respecto del local sito en la calle Larraya N° 2326/2328, Planta Baja, Entrepiso y
Azotea, de esta Ciudad, para el desarrollo de los rubros: Comercio Mayorista de
Productos Alimenticios en General, excepto Perecederos con Deposito Art. 5.2.8 inc.
a); Comercio Mayorista de Productos Alimenticios Envasados excepto Perecederos
con depósito Art. 5.2.8 inc. a) y Comercio Mayorista de Bebidas en General
Envasadas con depósito Art. 5.2.8 inc. a) (631000) (631005) (631010), superficie
habilitada: 172,73 m 2 , superficie a ampliar: 139,34 m 2 , superficie total: 312,07 m2;
Que en tal sentido, mediante Disposición N° 1508-GCABA-DGHP/20, la Dirección
General de Habilitaciones y Permisos rechazó la presente solicitud por no cumplir con
la normativa vigente, siendo el administrado debidamente notificado;
Que consecuentemente, a través de RE-2020-08352118-GCABA-AGC, el Arq.
Eduardo Gabriel Galleazi, en su carácter de profesional interviniente, interpuso recurso
de reconsideración contra el acto ut supra mencionado y adjuntó documentación;
Que así las cosas, mediante IF-2021-10678953-GCABA-DGHP, la Subgerencia
Operativa Comercios e Industrias informó que “... visto que con la documentación
agregada se subsanan la totalidad de las observaciones que generaron el rechazo, se
remite para el levantamiento del mismo. Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo
anterior, de la lectura de la documentación se desprende que deberá dar cumplimiento
a las siguientes observaciones...”;
Que en este orden de ideas, mediante PV-2021-13412603-GCABA-AGC, la
Subgerencia Operativa Dictámenes IV dependiente de la Dirección General de Legal y
Técnica, indicó que “...atento a que el administrado interpuso en fecha 04/03/2020
recurso de reconsideración contra Disposición N° DI-2020-1508-GCABA-DGHP de
fecha 30/01/2020 debidamente notificada en fecha 13/02/2020, se remite para su
tratamiento...”;
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del recurso Jerárquico, conforme lo
establecido en los términos previstos por el artículo 112 y ss. de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad DNU N° 1510-GCABA/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.347);
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad DNU N° 1510-GCABA/97 (texto
consolidado por Ley N° 6347), dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-2021-
14352379-GCABA-DGAIP opinando que “Habida cuenta de la situación expuesta, y en
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6129 - 21/05/2021

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