Resolución N° 1366 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 212
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 28 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
lución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la ratica-
ción en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Área Jurídica de este Ministerio con el N° 3049/2015, lo aconsejado 30 y
40 por la Dirección General de Asuntos Legales y en uso de atribuciones
conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 0161/2015 emanada de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso
la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “LUIS MARIA DRAGO”
de Santa Rosa, Departamento Calamuchita, en los términos y condiciones
que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este
instrumento legal como Anexo, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Anexo: https://goo.gl/icNexu
Resolución N° 1365
Córdoba, 14 de Octubre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-121802/2014, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución Nro. 1086/2015 emanada de la en-
tonces Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se
dispuso ad referendum de la Superioridad, el cambio de situación de la
Escuela de Nivel Primario “ALFONSINA STORNI” de Colonia Santa Ana
-Departamento Presidente Roque Saenz Peña- y el descenso escalafona-
rio de la docente Claudia Fernanda FERREYRA.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorpora-
das en autos y prescripciones legales de rigor, las decisiones se ajustan a
derecho, pues se encuadran dentro de la normativa que las funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decreto N°
41009/A/38, Decreto-Ley N° 1910/E/57 y Decreto N° 3999/E/67, encontrán-
dose tales determinaciones técnicas, administrativas e institucionales plas-
madas en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la ratica-
ción en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por el
Área Jurídica de este Ministerio con el N° 1197/2016, y en uso de atribucio-
nes conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución Nro. 1086/2015 emanada de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso el
cambio de situación de la Escuela de Nivel Primario “ALFONSINA STORNI”
de Colonia Santa Ana -Departamento Presidente Roque Saenz Peña- y
el descenso escalafonario de la docente Claudia Fernanda FERREYRA,
(M.I. N° 14.801.860), en los términos y condiciones que se consignan en la
misma, cuya copia forma parte integrante de este instrumento legal como
Anexo I, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Anexo: https://goo.gl/ztpZz9
Resolución N° 1366
Córdoba, 14 de Octubre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-113893/2013 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 0098/15 emanada de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso
“ad referendum” de la Superioridad, la recategorización de la Escuela de
Nivel Inicial “MARIA SANCHEZ DE MENDEVILLE” de esta Capital y la pro-
moción de la docente Susana RESCHIA.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incorpora-
das en autos y prescripciones legales de rigor, las decisiones se ajustan a
derecho, pues se encuadran dentro de la normativa que las funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por las Leyes Nros. 26206 y 9870, De-
creto-Ley N° 1910/E/57 su Reglamentario N° 3999/E/67 y Decretos N°
41009/A/38 y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, encon-
trándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional plas-
madas en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto corresponde en esta instancia la raticación
del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Jurídica de
este Ministerio con el N° 2051/2015, y en uso de atribuciones conferidas
por Decreto N° 556/16,
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I O N
R E S U E L V E :
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 0098/15 emanada de la entonces
Dirección General de Nivel Inicial y Primario, mediante la cual se dispuso
la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “MARIA SANCHEZ DE

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