Resolución Nº 136/GCABA/MHGC.../16

FirmantesMura - Ocampo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA<br/>MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2016

VISTO:

La Ley N° 5460 y su modificatoria, la Ley N° 471, sus modificatorias y

complementarias, el Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las

Resoluciones N° 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010 y las Actas

Nros. 27/2013 y 6/2014 Comisión Paritaria Central instrumentadas por las

Resoluciones Nros. 114/MHGC/2014 y 1287/MHGC/2014 respectivamente y el E.E. N°

35226588/DGTALMJYS/2015 y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley N° 471 de Relaciones

Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus

modificatorias y complementarias, se han llevado a cabo negociaciones colectivas

entre representantes gremiales y el Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación

de Plantas Transitorias del personal;

Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas Nros.

27/2013, instrumentada por la Resolución N° 114/MHGC/2014, para continuar con el

pase a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las

modalidades existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N° 6/2014,

instrumentada por Resolución N° 1287/MHGC/2014, por la que se establecieron las

pautas de aplicación de dicho régimen;

Que el artículo 39 de la Ley N° 471, modificada por su similar N° 3826 y artículo 20 del

Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones N°

2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, prevén la prestación de

servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del

régimen de carrera y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente;

Que por la Ley N° 5460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre otros, los

Ministerios de Justicia y Seguridad y Hacienda con las competencias que les son

propias;

Que resulta necesario incorporar al personal que revista bajo las modalidades

contractuales de Locación de Servicios y Asistentes Técnicos, al régimen de

prestación de servicios que prevén las normas citadas en el párrafo anterior, con el

objeto de lograr mayor eficacia...

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