Resolución Nº 136/GCABA/MHGC.../16
Firmantes | Mura - Ocampo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA<br/>MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD |
Fecha de la disposición | 2 de Marzo de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 5460 y su modificatoria, la Ley N° 471, sus modificatorias y
complementarias, el Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las
Resoluciones N° 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010 y las Actas
Nros. 27/2013 y 6/2014 Comisión Paritaria Central instrumentadas por las
Resoluciones Nros. 114/MHGC/2014 y 1287/MHGC/2014 respectivamente y el E.E. N°
35226588/DGTALMJYS/2015 y,
CONSIDERANDO:
Que en el marco de lo establecido en el Título II de la Ley N° 471 de Relaciones
Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus
modificatorias y complementarias, se han llevado a cabo negociaciones colectivas
entre representantes gremiales y el Gobierno de la Ciudad, en relación a la creación
de Plantas Transitorias del personal;
Que aquéllas dieron como resultado los acuerdos consagrados en las Actas Nros.
27/2013, instrumentada por la Resolución N° 114/MHGC/2014, para continuar con el
pase a dicha Planta en forma progresiva del personal contratado bajo todas las
modalidades existentes en el ámbito del Gobierno de la Ciudad y Acta N° 6/2014,
instrumentada por Resolución N° 1287/MHGC/2014, por la que se establecieron las
pautas de aplicación de dicho régimen;
Que el artículo 39 de la Ley N° 471, modificada por su similar N° 3826 y artículo 20 del
Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones N°
2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, prevén la prestación de
servicios de carácter transitorio o eventual, no incluidos en las funciones propias del
régimen de carrera y que no puedan ser cubiertos por personal de planta permanente;
Que por la Ley N° 5460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre otros, los
Ministerios de Justicia y Seguridad y Hacienda con las competencias que les son
propias;
Que resulta necesario incorporar al personal que revista bajo las modalidades
contractuales de Locación de Servicios y Asistentes Técnicos, al régimen de
prestación de servicios que prevén las normas citadas en el párrafo anterior, con el
objeto de lograr mayor eficacia...
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