Resolución N° 1350 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Julio de 2021
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 5 de Julio de 2021
JUEVES 8 DE JULIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 138
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N° 1350
Córdoba 05 de julio de 2021
VISTO: las actuaciones en las cuales el Comité Asesor de Cientícos para
el abordaje de la Campaña de Vacunación en el marco de la Emergencia
Sanitaria por la Pandemia COVID-19, se expide en relación a las conside-
raciones a tener en cuenta para la vacunación de las personas gestantes.
Y CONSIDERANDO:
Que en Argentina inició la Campaña Nacional de Vacunación Contra
la COVID-19 en diciembre de 2020. Como parte del “Plan Estratégico para
la Vacunación” publicado el 23 de diciembre de 2020, donde se denió la
priorización y escalonamiento de la población objetivo a vacunar (POV) en
función de iniciar una “vacunación en etapas’ en la que pudiera avanzarse
de acuerdo a la condición de riesgo y/o exposición, y acorde a la disponi-
bilidad gradual de dosis de vacunas que existiera en nuestro país.
Que en virtud del Documento de fecha 10 de Junio del corriente año de-
nominado “Lineamientos Generales - Resumen de recomendaciones vigentes
para la Campaña Nacional de Vacunación contra la COVID-19” establecidos
por la Dirección de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles se establece
que, “(...)no hay estudios de ecacia ni seguridad realizados con las vacunas
contra el SARS-CoV-2 que se encuentran disponibles actualmente en nuestro
país, en la población de personas gestantes ni en período de lactancia. Sin
embargo, en base a una evaluación benecio/riesgo y en línea con otros or-
ganismos internacionales, la Comisión Nacional de Inmunizaciones (CoNaIn)
recomendó en febrero de 2021 excluir del concepto de «contraindicación a
las personas gestantes o en período de lactancia que presentaran un riesgo
de exposición alto a la infección por SARS-Co V2- y que el mismo no pueda
evitarse- (ejemplo: personal de salud, personal estratégico, personal docente
y no docente (de nivel inicial, primario y secundario) o que presentaran en-
fermedades subyacentes que pertenezcan a los “grupos de riesgo” denidos
previamente (ejemplo: diabetes, cardiopatía crónica, enfermedad respiratoria
crónica, etc). Esta recomendación se sustentó en la necesidad de realizar una
evaluación individualizada del benecio que ofrece la vacunación en estas con-
diciones, teniendo en cuenta que: y el riesgo de presentar eventos adversos
graves es muy poco probable (al no tratarse de plataformas a virus vivos y
atenuados) y la contraindicación de la vacunación en población de riesgo por
falta -fundamentalmente- de evidencia en relación a la ecacia vacunal, dejaría
expuesta a la persona a un alto riesgo epidemiológico, considerando su mayor
vulnerabilidad.”
Que se expresa en dicho documento que: “En el caso de personas
gestantes o en período de lactancia sin un mayor riesgo de exposición ni
presencia de factores de riesgo, en función del estado de conocimiento ac-
tual en relación a los datos de seguridad y ecacia, el Ministerio de Salud
de la Nación avala la vacunación en este grupo, una vez cumplida: y La
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N° 1350 ..............................................................Pag. 1
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 173 ................................................................Pag. 2
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 218 ................................................................Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Normativas N° 80 ..............................................Pag. 4
Resolución Normativas N° 81 ..............................................Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
Resolución N° 11 ..................................................................Pag. 6
EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA - EPEC
Resolución N° 84212 ............................................................Pag. 7
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1709 - Serie “A” ........................Pag. 8
evaluación de riesgos y benecios por parte de la o el profesional tratante
y La voluntad de la persona gestante una vez efectuada la entrevista.”
Que en concordancia con lo establecido a nivel Nacional, el Comité
de Vacunación que se desempeña como órgano asesor del Ministerio de
Salud de la Provincia de Córdoba en lo referente al Plan Provincial de Vacu-
nación contra el COVID19, estableció que, respecto de las personas ges-
tantes las consideraciones para su vacunación son las siguientes:
1- Las embarazadas tienen el mismo riesgo o mayor, de enfermedad gra-
ve por COVID-19 que las pacientes no embarazadas.
2- La lesión placentaria por SARS-CoV2 puede provocar muerte fetal
3- Mayor riesgo de parto prematuro
4- Importancia de la vacunación:
a- Las vacunas COVID-19 ofrecen a las embarazadas la mejor pro-
tección contra la enfermedad, que puede ser grave en el embarazo
b- Previenen enfermedad severa
C- Transferencia de anticuerpos al RN a través de la placenta
d- Potencial protección a través de la lactancia
e- Al ser Covid-19 una enfermedad grave en la embarazada, la va-
cunación y evitar la exposición al virus, constituyen las medidas pre-
ventivas más ecaces.
Que la Secretaría de Prevención y Promoción de la Salud de esta Jurisdic-
ción Ministerial otorga el correspondiente V° B°.
Que en virtud de lo expuesto es menester la emisión del instrumento
legal, que disponga que las personas gestantes que presenten certica-
do médico que acredite su condición podrán ser vacunadas como grupo
poblacional prioritario, sin más trámite que los establecidos para la vacu-

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