Resolución N° 135

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 89 CÓRDOBA, 14 de mayo de 20156
Resolución N° 128 Córdoba, 12 de Mayo de 2015
VISTO: El expediente 0378-097359/2013 en que el Ministerio de
Gestión Pública propicia ajustes en la distribución de los Recursos
Humanos asignados por el “Presupuesto General de la Administración
Pública Provincial para el año 2015”.
Y CONSIDERANDO:
Que lo solicitado tiene su fundamento en la Disposición Administrativa
N° 008 de fecha 20 de marzo de 2013, dictada por el ex Ministerio de
Administración y Gestión Pública en la que dispone el traslado definitivo
de la agente Diaz Meade, Carolina; D.N.I. N° 29.966.428 al ámbito del
Ministerio de Desarrollo Social.
Que por otra parte y en virtud de lo normado por la Resolución N°
1510/12 del ex Ministerio de Administración y Gestión Pública, por la
cual se aprueban nuevos procedimientos y modalidades simplificadas
de trámites administrativos de mayor relevancia y volumen dentro de la
Administración Pública Provincial, siendo una medida ordenadora y
necesaria para lograr celeridad, economía, sencillez y eficacia en la
gestión de los mismos, es competencia de esta Cartera Ministerial
intervenir en dichos trámites conforme al Anexo I del referido instrumento
legal.
Que en mérito de ello, resulta menester adecuar la planta de personal
otorgando una Compensación de Recursos Humanos transfiriendo un
(1) cargo 16 004 – “Administrativo A-4” desde el Programa 202
(Ministerio de Gestión Pública) dependiente de la Jurisdicción 1.20 –
Ministerio de Gestión Pública, hacia el Programa 673 (Niñez,
Adolescencia y Familia – Actividades Comunes) perteneciente a la
Jurisdicción 1.65 – Ministerio de Desarrollo Social.
Que obran incorporados en autos la conformidad y Visto Bueno de
las autoridades respectivas.
Que este Ministerio resulta competente para consolidar el trámite
presupuestario en razón de intervenir más de una Jurisdicción.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes de acuerdo con los artículos 31 y 110 in fine de la Ley N°
9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha
manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuestaria
de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área
Legales de este Ministerio al Nº 207/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR las asignaciones de Recursos Humanos
del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia,
de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento
Modificación de Cargo Presupuestario N° 7 de este Ministerio el que
como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección
General de Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría Gen-
eral de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas y a la Legislatura,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/L1TZJa
Resolución N° 134
Córdoba, 12 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-000370/2015, en que la Secretaría
de Transporte dependiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos, propicia una readecuación del Presupuesto General en
vigencia de la Administración Provincial.
A. Acompañar nota suscriptas por él o los
Apoderados, nombre del partido, domicilio le-
gal, número de teléfono fijo y móvil.
B. Listado con el nombre, apellido, número de
documento y sexo de los candidatos a Intendente,
Concejales, Tribunos de Cuentas y Comisiones
Comunales.
C. Fotocopia del documento de identidad donde
conste el último domicilio.
D. Declaración jurada y aceptación del cargo
suscripta por cada candidato y por él o los
Apoderados y demás requisitos de ley.
E. Certificado de vigencia de personería jurídico
política municipal o comunal.
Soporte digital (CD o DVD) con fotografía a color
de frente, fondo blanco de los candidatos (cuadrada
4cm x 4cm, formato en JPEG y tamaño inferior a
1MB). En el mismo soporte acompañar emblema o
símbolo partidario a color en caso de tratarse de un
partido municipal o comunal en iguales
características.
III. Las Juntas Electorales Municipales y/o
Comunales deberán elevar al Tribunal Electoral
Provincial, copia de las Resoluciones de oficialización
de cada lista de candidatos y soportes digitales hasta
el día viernes 22 de mayo de 2015 a las 13:00 hs.,
bajo sanción de inadmisibilidad, todo ello conforme
a lo establece la Ley de simultaneidad N° 15262 y
D.R. 17265.
IV. Hágase saber asimismo, que en estos
municipios y comunas votan los ciudadanos a partir
de los 18 años, según el padrón provincial.
Protocolícese, hágase saber y dese copia.
MARTA ELENA VIDAL
PRESIDENTE
JORGE J. A. NAMUR
VOCAL
CARLOS A. AZOCAR
VOCAL
MARÍA JOSÉ PAEZ MOLINA
SECRETARIA
Resolución Nº 10
Aclaratoria Tribunal Electoral
Provincial Ad Hoc
Córdoba, 12 de Mayo de 2015
Hágase saber a los comparecientes que la
fotografía exigida, como una de las formalidades
para la presentación de listas en la Resolución
Número Diez, hace alusión a los candidatos al
cargo de Intendentes o Presidentes Comunales,
según corresponda. Ello en virtud de lo
dispuesto por el artículo 53, párrafo 8, inciso a)
de la Ley 9571 (modificada por Ley 10.272),
por lo establecido en la Resolución Número
Cinco de los presentes autos y en atención a
idéntico criterio adoptado por este Tribunal en el
expediente 2259027 del año 2011. Dése
publicidad del presente proveído.-
MARTA ELENA VIDAL
PRESIDENTE
JORGE J. A. NAMUR
VOCAL
CARLOS A. AZOCAR
VOCAL
MARÍA JOSÉ PAEZ MOLINA
SECRETARIA
MINISTERIO DE
FINANZAS
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario dar reflejo presupuestario en el “Programa 602
“Boleto Educativo Gratuito – Ley 10.031”, por el importe de $ 113.000.-
informado a fs. 4 y que surge de lo establecido en el Artículo 15° de
la Resolución N° 078/14 de la Secretaría de Transporte que obra
de fs. 12 a fs. 19 inclusive.
Que de acuerdo al Artículo 15 de la Ley 9086 la utilización del
crédito solo se podrá hacer efectiva en la medida que los recursos
previstos sean recaudados y solo se podrán ejecutar gastos hasta
el límite de los ingresos disponibles de los recursos específicos
destinados a financiarlos.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones le-
gales vigentes, de acuerdo con los artículos 31, 37 y 110 in fine de
la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas
ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad
presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Legales de este Ministerio al Nº 201/15,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- INCREMENTAR las asignaciones de los
Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración
Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico
incluido en el Documento Modificación de Crédito Presupuestario
N° 16 (Rectificación) de la Secretaría de Transporte el que como
Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la
Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, a
Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://goo.gl/0XMmGA
Resolución N° 135
Córdoba, 12 de Mayo de 2015
VISTO: El expediente Nº 0180-018177/2015, por el que se propicia
la ampliación del Fondo Permanente “E” –JUZGADO ELECTORAL
DE LA PROVINCIA– del Poder Judicial, creado por Resolución N°
142/07 y modificado por su similar N° 240/07 ambas de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 233/15 se convoca a elecciones provinciales
para el día 5 de julio de 2015, con el objeto de elegir autoridades
provinciales.
Que el Tribunal Superior de Justicia desea otorgar al Área de
Administración del Poder Judicial, la suficiente capacidad operativa para
garantizar que el acto eleccionario se realice con normalidad y tener la
velocidad de respuesta necesaria ante imprevistos que puedan suceder,
que no puedan esperar la intervención de otras dependencias en ese
momento, dada la urgencia con la cual hay que proceder para solucionar
cualquier cuestión que se presente.
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de contar con un fondo
acorde a necesidades, para atender los gastos que demande la
convocatoria a elecciones.
Que el artículo 174 de la Ley N° 9571 (Código Electoral) prevé que el
Poder Ejecutivo Provincial aportará todos los recursos económicos que
el Juzgado Electoral requiera para garantizar el íntegro cumplimiento
de todos los aspectos contemplados en dicha norma.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad

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