Resolución N° 135 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Junio de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 120
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Subsecre-
taría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas; a Contaduría
General de la Provincia; infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provin-
cia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma- Resolución Ministerial N° 119/2020.
ANEXO
Resolución N° 135
Córdoba, 20 de mayo de 2021
VISTO: El expediente Nº 0425-418150/2021 en que el Ministerio de Salud
propicia adecuar el Presupuesto General en vigencia de la Administración
Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que en el actual contexto sanitario resulta necesario adecuar los cré-
ditos presupuestarios del Programa 274 “Fondo Para Atención del Esta-
do de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémi-
cas” del Ministerio de Salud por la suma de Pesos Dos Mil Millones ($
2.000.000.000.-).
Que lo solicitado permitirá fortalecer las capacidades de la Provincia
para enfrentar el aceleramiento de la transmisión del virus COVID-19 y
dotar al sistema sanitario de los insumos y servicios necesarios.
Que a tal n se procede a incrementar la asignación de créditos pre-
supuestarios de diversas partidas parciales del Programa 472 “Fondo Para
Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enferme-
dades Epidémicas”.
Que asimismo resulta necesario incrementar el cálculo de las contribu-
ciones y erogaciones gurativas.
Que el Decreto N° 150/04 faculta a este Ministerio a efectuar las ade-
cuaciones de montos, fuentes de nanciamiento, plazos, alcance y toda
otra que corresponda, en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan
de Inversiones Públicas, a los nes de reejar las modicaciones que se
dispongan durante su ejecución.
Que la modicación propuesta encuadra en las disposiciones legales
vigentes, de acuerdo con los artículos 27, 31 y 110 in ne de la Ley Nº 9086.
Que la Subsecretaría de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas
ha manifestado su opinión favorable acerca de la factibilidad presupuesta-
ria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al N° 265/2021
y en los términos de la Resolución Ministerial N° 119/2020,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros y
el Cálculo de Contribuciones y Erogaciones Figurativas del Presupuesto
General en vigencia de la Administración Provincial, de conformidad con el
detalle analítico incluido en los Documentos Modicación de Crédito Pre-
supuestario N° 19 (Recticación) y N° 9 (Compensación Interinstitucional)
del Ministerio de Salud, los que como Anexo I con tres (3) fojas útiles forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º ADECUAR el Plan de Inversiones Públicas vigente según
el detalle analítico incluido en el Anexo II, el que con una (1) foja útil, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º PROTOCOLICESE, dése intervención a la Subsecretaría
de Compras, Presupuesto e Inversiones Públicas y a Contaduría General
de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la
Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: MÓNICA ZORNBERG, SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Por encomienda de rma – Resolución Ministerial N° 119/2020
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 200
Córdoba, 11 de junio de 2021
Expediente Nº 0045-023032/2021. Cuerpos 1 y 2.-
VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación
de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la
Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único” propicia la pu-
blicación en el Boletín Ocial, requerida a los nes de obtener la confor-
midad de los beneciarios de la obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINO DE
LA RED SECUNDARIA S-280 Y S-237 - TRAMO: RUTA NACIONAL N°
8 – LA GILDA – SAN AMBROSIO - LA BRIANZA – RUTA PROVINCIAL N°
24 – DEPARTAMENTO RIO CUARTO – PROVINCIA DE CÓRDOBA y la
apertura de un Registro de Opositores, todo en el marco de lo dispuesto
por el artículo 14 del Anexo Único al Decreto N° 1053/2018 -reglamentario
de la Ley N° 10546, modicado por Decreto N° 0454/2020.
Y CONSIDERANDO:
Que la referida normativa establece que las obras que se aprueben en
el marco del “Programa de Pavimentación y Mejora de Caminos Rurales”,
se ejecutarán por el sistema de Contribución de Mejoras, requiriéndose

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