Resolución Nº 132/GCABA/ERSP/17
Firmantes | Michielotto - Barrera - Goldsack - Gutiérrez - LaurÃa |
Emisor | F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS |
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nacional N° 24.051, la Ley N° 210,
la Ley N° 154, el Decreto PEN N° 831/1993, el Decreto N° 1.886-GCBA/01, el Decreto
N° 706-GCBA/05, los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas y Anexos para la Contratación del Servicio de Recolección,
Transporte, Tratamiento y Disposición Final de los Residuos Patogénicos generados
por los efectores de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires de la Licitación Pública N° 7/UCAS/2014, el Reglamento
de Procedimiento de Controversias y Sanciones del Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por Resolución
del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N° 51/2002, el Acta del Directorio N° 664
del 6 de julio del 2017, el Expediente N° 4973/EURSPCABA/2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. f) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra el transporte, tratamiento, almacenamiento y disposición final de
residuos patológicos y peligrosos;
Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i), y l) de la Ley N° 210, el ERSP
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de los servicios públicos en todos los aspectos
prescriptos por la normativa aplicable respecto de la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las
sanciones que correspondan por violación de las disposiciones legales, reglamentarias
o contractuales de los respectivos servicios, de conformidad con los regímenes
sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas respetando los principios del debido
proceso;
Que, el Expediente N° 4973/EURSPCABA/2016 se inicia como consecuencia de los
controles técnicos realizados por personal del Organismo en el marco del Plan de
Control previsto para el Servicio Público de Transporte, Tratamiento, Almacenamiento
y Disposición Final de Residuos Patológicos y Peligrosos durante el mes de octubre de
2016;
Que, de acuerdo con lo normado por la...
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