RESOLUCIÓN Nº 132

Fecha17 Abril 2019
Número de registro28266
EmisorMINISTERIO PUBLICO DE LA ACUSACION

Santa Fe, 10 de abril de 2019

VISTO:

El Expediente N° FG – 000198/2019 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio Público de la Acusación, en virtud del cual se gestiona el llamado a concurso para cubrir un cargo de Secretario de Gestión Administrativa y Procesal en la Unidad Fiscal Rafaela de la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial, – categoría presupuestaria de Secretario de Juzgado de Circuito; y,

CONSIDERANDO:

Que el cargo ha quedado vacante debido a que en fecha 17 de diciembre de 2018 la Dra. Laura Lencina, titular hasta esa fecha, accedió al cargo de Jueza de Menores Nº 2 de Rafaela.

Que, el Ministerio Público de la Acusación es ejercido por el Fiscal General, y que a su vez el órgano, cuenta con autonomía funcional y administrativa y con autarquía financiera dentro del Poder Judicial.

Que el Art. 16° inc. 12) de la ley 13.013, modificada por el Art. 5° de la ley 13.256, establece que corresponde al Fiscal General elaborar las estructuras necesarias para el funcionamiento del MPA, fijando las misiones y funciones de los cargos que la conforman.

Que el Art. 42 de la ley 13.013 en su segundo párrafo, faculta al Fiscal General a dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de adaptar las estructuras del MPA a las denominaciones de la legislación vigente, manteniendo las equivalencias entre salario y cargo conforme las previsiones de la Ley 11.196, en tanto éstas no hayan sido fijadas por la ley 13.013 incluyendo de esta manera tanto a funcionarios, como a las denominaciones de los cargos de empleados del MPA.

Que, de acuerdo a ello la Resolución N° 10 del 14 de marzo de 2012 aprobó la estructura de la Fiscalía General y, la Resolución N° 42 del 28 de diciembre de 2012 la de las Fiscalías Regionales, luego modificada por Resolución N° 25 del 4 de julio de 2013 con sus Anexos.

Que, la resolución N° 3/12 y su Anexo I y N° 210/14 y su modificatoria N° 67/15 regulan el régimen general para la provisión de cargos de funcionarios del MPA.

Que, en la estructura aprobada y sus modificaciones se prevé el cargo de Secretario de Gestión Administrativa y Procesal en la Unidad Fiscal Rafaela de la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial, el que se encuentra vacante, y se exponen las misiones y las responsabilidades primarias que tendrá quien ocupe el mismo.

Que, así también en el Anexo II de la mencionada resolución N° 10/12, contempla para los funcionarios no incluidos en la ley 13.013, la equivalencia entre salario y cargo conforme a la ley 11.196.

Que, así las cosas, se encuentra en condiciones de llamar a concurso de acuerdo a lo previsto por el Art. 6 del Anexo I de la resolución N° 3/2012 y en el marco de lo establecido en los Arts. 1, 2, 3, 16, 67 y concordantes de la ley 13.013.

POR ELLO:

E L F I S C A L GENERAL

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1°: Llámese a concurso público de antecedentes y oposición para cubrir un cargo de Secretario de Gestión Administrativa y Procesal en la Unidad Fiscal Rafaela de la Fiscalía Regional de la 5ta. Circunscripción Judicial del Ministerio Público de la Acusación -categoría presupuestaria de Secretario de Juzgado de Circuito-, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones N° 3/12 , 210/14 y 67/15 de este Ministerio Público de la Acusación, cuyas misiones y funciones – responsabilidades primarias se citan en el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 2°: Determínese que los requisitos que deberán cumplir los aspirantes serán los siguientes:

1. Ser mayor de 25 años de edad.

2. Poseer título de Abogado.

3. Contar con no menos de 2 años de experiencia laboral en ámbitos de gestión y/o judiciales, asimilables de manera específica al de las funciones que le competen.

ARTÍCULO 3°: Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso consistirá en la evaluación de los antecedentes objetivos, otros antecedentes, la oposición y la entrevista personal del aspirante. La oposición consistirá en la presentación de un proyecto escrito de plan de trabajo o funcionamiento para el cargo que se postula cuyas características se indican en el Anexo III de la presente y que es parte de la misma, y en la exposición y defensa oral del plan de trabajo para la potencial gestión a desarrollar de acuerdo a las misiones y...

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