Resolución N° 132 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Junio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
VIERNES 4 DE JUNIO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 110
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 220
Córdoba, 25 de marzo de 2021
VISTO: Las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución
Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que es necesario designar Síndico Titular de la Agencia Córdoba de
Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta (ACIF-SEM), al
Ab. Roberto Julio Malkoni.
Que la designación de que se trata se efectúan ad referéndum de la
Legislatura Provincial, conforme lo previsto por la Ley Nº 9050, Anexo Úni-
co, Artículo 15.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dispues-
to por los incisos 1º y 10 del artículo 144 y concordantes de la Constitución
Provincial
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- DESÍGNASE Síndico Titular por el Sector Público de la
Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía
Mixta (ACIF-SEM), al Ab. Roberto Julio MALKONI (D.N.I. N° 29.253.712),
ad referéndum de la Legislatura Provincial.
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 220 .....................................................................Pag. 1
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 132 ................................................................Pag. 1
Resolución N° 178 ................................................................Pag. 3
Resolución N° 179 ................................................................Pag. 3
SECRETARÍA DE AMBIENTE
Resolución N° 145 ................................................................Pag. 4
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N° 467 - Serie “A” ..................................................Pag. 11
Artículo 2º.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar
todas las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en
el presente Decreto.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Minis-
tra de Coordinación, el señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de
Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Legislatura Pro-
vincial, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FIS-
CAL DE ESTADO - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS - SILVINA
RIVERO, MINISTRA DE COORDINACIÓN
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 132
Córdoba, 30 de abril de 2021
Expediente Nº 0045-022856/2020.-
VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación
de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la
Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único”, propicia la con-
tratación de dicho Consorcio a los nes de la ejecución de la obra: “ME-
JORAMIENTO Y REPAVIMENTACIÓN DE CAMINO SAN JOSÉ EN RÍO
SEGUNDO – TRAMO: RUTA NACIONAL N°9 - AUTOPISTA”, por la suma
de $ 31.498.323,39 y la autorización para jar el porcentaje de contribución
por mejoras a cargo de los beneciarios, en carácter de contribuyentes
especiales; Frigoríco LOGROS S.A., LA CUARTA S.A., BIODIESEL PI-
LAR S.A., Adrián Cayetano NARDI, Mauro Enrique NARDI, Marcelo Isidro
NARDI, MARCHISONE S.A., Laura Marcela BALCELLS, Javier Gustavo
BALCELLS, Iván Eduardo ALEVI y Mariano Agustín GIORGETTA.
Y CONSIDERANDO:
Que consta providencia del señor Presidente del Consorcio Caminero
Único instando la contratación de la obra de que se trata, atento que, se
pretende mejorar el camino rural denominado “San José” el cual une la
Ruta Nacional N° 9 con la Autopista Córdoba-Rosario, con una longitud de
3,5 km, lo que “permitirá una mejora sustancial a la transitabilidad, permi-
tiendo la comunicación uida entre las dos rutas mencionadas”, según sur-
ge de constancias de autos (capítulo I del Legajo Único para Contratación).
Que la Jefatura de Conservación de Pavimentos de la Dirección acom-
paña documentación técnica compuesta por: Legajo Único para la Con-
tratación, compuesto de cinco capítulos, respectivamente, con un presu-

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