Resolución N° 131-SSMEP/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición24 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 131/SSMEP/18
Buenos Aires, 17 de abril de 2018
VISTO:
la Ley Nº 5.460 y su Decreto reglamentario Nº 363/15, Resolución 37-SSMEP-2018,
EX 28.292.093-MGEYA-MGEYA-2017, y
CONSIDERANDO:
Que, por las presentes actuaciones tramita la petición efectuada por el Sr. Aníbal
Héctor Gattas, obrante en el órden 2, impugnando los términos de la Resolución 37-
SMEP-2018 que luce en el orden 35 del E.E. 28.292.093-MGEYA-MGEYA-2017
vinculado al presente en tramitación conjunta;
Que, se ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires,
conforme los términos del Art. 10 inc. C) de la Ley 1218;
Que, en cuanto al aspecto formal de la presentación en análisis, la misma deberá ser
considerada como recurso de reconsideración contemplado en el art. 107 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Decreto 1510-GCBA-
97- ratificado por Resolución de la Legislatura 41/98, texto consolidado por Ley 5666
BOCBA 5014), habiendo sido interpuesto en tiempo y forma;
Que, oportunamente, deberá tenerse presente lo dispuesto por el art. 111 de la citada
ley, el que establece que el recurso de reconsideración lleva implícita la interposición
del recurso jerárquico en subsidio;
Que, los antecedentes del caso han sido reseñados en el Dictamen IF-2018-
02299727-DGACEP emitido el 10/01/18 que obra en el orden 27 del Expediente
Electrónico 28.292.093/MGEYA/MGEYA/17 vinculado en tramitación conjunta, al que
en mérito a la brevedad la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se
remite;
Que, con fundamento en dicho dictamen se dictó la Resolución 37-SSMEP-18 (v.
orden 35 del Expediente vinculado) en virtud de la cual se rechazó la petición
efectuada por el Sr. Aníbal Héctor Gattas;
Que, habiéndose notificado del referido acto, interpone recurso de reconsideración con
jerárquico en subsidio contra sus términos (orden 2);
Que, en su oportunidad, el Sr. Gattas, solicitó un resarcimiento por los daños que el
supuesto impacto con un “ bache lleno de agua“ le habría provocado al vehículo marca
Citroen, modelo Xsara Picasso, dominio IDK-229, mientras circulaba por la calle
Irigoyen a la altura del 81, de esta Ciudad, el 30/11/2017;
Que, al tomar intervención el Órgano Asesor, luego de evaluar las constancias
reunidas aconsejó dictar el pertinente acto administrativo que rechazara lo peticionado
(ver Dictamen IF-2018-02299727-DGACEP emitido el 10/01/18 que obra en el orden
27 del Expediente Electrónico 28.292.093/MGEYA/MGEYA/17 vinculado en
tramitación conjunta) “Brevitatis causae“ se remite a los argumentos expuestos en el
citado dictamen;
Que, el criterio allí sustentado dio fundamento al acto administrativo aquí cuestionado -
Resolución 37- SSMEP-18;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5360 - 24/04/2018

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