Resolución N° 131

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición24 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 77
CORDOBA, (R.A.) MARTES 24 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Gobierno deberá respetar las disposiciones de la
Ley de
Obras Públicas Nº 8.614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10.417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 139/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que se
da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley
N° 10.417, y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, Decretos
Nº 1505/2016, Nº 30/2018 y 108/2018, entiende que atento que la obra su-
pera el índice trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento legal
por el cual se apruebe la ejecución de la misma.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por De-
partamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 152/2018 y en uso de sus
atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Gobierno referidos a
la obra: “REMODELACIÓN Y AMPLIACIÓN COMISARÍA DE DISTRITO
COSQUÍN – LOCALIDAD: COSQUÍN – DEPARTAMENTO: PUNILLA,
conforme la documentación técnica compuesta por Informe de Situación
Actual, Registro Fotográco, Memoria Descriptiva Arquitectura, Memoria
-Pliego Particular de Estructura Resistente, Memoria Descriptiva Instala-
ción Eléctrica e Instalación Sanitaria, Pliego Particular de Especicaciones
Técnicas Instalación Sanitaria, Memoria Descriptiva Instalación de Gas,
Memoria Descriptiva Servicio Contra Incendio, Memoria Instalación Termo-
mecánica, Índice de Planos y Fichas, Pliego Particular de Especicaciones
Técnicas de Arquitectura, Instalación Eléctrica, Instalación de Gas, Servi-
cio Contra Incendio y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos,
elaborados por la Dirección de Planicación y Proyectos de la Secretaría
de Arquitectura y por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del
Ministerio de Gobierno, como también el Presupuesto Ocial por la suma
de Pesos Treinta Millones Cuatrocientos Ocho Mil ($ 30.408.000,00).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Gobierno a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 131
Córdoba, 23 de abril de 2018.
VISTO: El expediente de la referencia en el que se tramita la resolución del
llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición convocado por
Resolución N° 132/2015 del entonces Ministerio de Infraestructura, en los
términos del artículo 14º, punto II) B) de la Ley Nº 9361, para la cobertura
del cargo Nº 255 – Jefatura de Área Control de Gestión de la Dirección
General de Coordinación de Obras Públicas dependiente del entonces Mi-
nisterio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo previsto en el art. 16 de la
Ley Nº 9361, se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción,
quien fue la encargada de determinar el Cronograma del proceso concur-
sal, el que fue publicado en la Página Web Ocial del Gobierno Provincial.
Que asimismo, mediante Acta de fecha 1 de septiembre de 2015 de la
Comisión Laboral de Concurso y Promoción, fueron designados los inte-
grantes de los Tribunales de Concurso de los cargos concursables y se
aprobaron los temarios generales y especícos correspondientes a cada
uno de los cargos en cuestión, consignándose las fuentes sugeridas para
su estudio, todo lo cual fue publicado en la citada Pagina Web.
Que conforme al cronograma establecido, se recepcionaron las inscripcio-
nes de los postulantes desde las 8:00 del día 05 de septiembre hasta las
23:59 hs. del día 8 de septiembre de 2015.
Que vencido el plazo para las excusaciones y recusaciones de miembros
de los Tribunales de Concurso, se procedió a la conformación denitiva de
los Tribunales de Concurso por Resolución Nº 005/2015 de la Comisión
Laboral de Concurso y Promoción.
Que en su mérito, se publicó en la Página Web Ocial la mencionada con-
formación denitiva de los Tribunales de Concurso, y la fecha en que se
llevaría a cabo la prueba de oposición, prevista para el día 26 de septiem-
bre de 2015.
Que a requerimiento de la entonces Secretaría de Capital Humano del
Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales de todas
las jurisdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y custodia
de los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron, y estuvie-
ron presentes durante toda la jornada en que se realizaron la Pruebas de
Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el proce-
so con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas
pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos
y acreditados en aquellas, culminando la etapa evaluativa con la confec-
ción del Orden de Mérito Provisorio, que fue noticado con fecha 22 de
octubre de 2015.
Que durante los días 26 a 28 de octubre de 2015 transcurrió el período
para la vista de antecedentes y presentación de observaciones al citado
orden de mérito, elaborándose el Orden de Mérito Denitivo, que fue noti-
cado con fecha 5 de noviembre de 2015.
Que no obstante ello, la Dirección General de Asuntos Legales de este

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