Resolución N° 131 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor28 de Abril de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición21 de Abril de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 81
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 28 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
de Educación Secundaria en Matemática” -Opción Pedagógica a Distan-
cia- (en concurrencia con título de base), para la cohorte 2021.
Que la Propuesta Formación Pedagógica para la formación Docente Su-
perior responde a las prioridades pedagógicas de las políticas educativas de la
provincia de Córdoba, cuyos destinatarios se explicitan en el Anexo II adjunto.
Que se solicita aprobar y autorizar la implementación de la aludida
Formación, convalidar las acciones concretadas en tal sentido y habilitar la
expedición de las certicaciones correspondientes.
Por ello, el Dictamen N° 220/2021 del Área Jurídica de este Ministerio,
lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales y en uso
de las facultades conferidas por el Decreto N° 1043/17;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º- APROBAR el Plan de Estudios del “Profesorado de Educación
Secundaria en Matemática” -Opción Pedagógica a Distancia- (en concu-
rrencia con título de base), según se detalla en el Anexo I que con treinta
(30) fojas forma parte del presente instrumento legal.
Art. 2°- AUTORIZAR la implementación del Plan de Estudios
del Profesorado que se aprueba en el artículo precedente
en el Instituto Superior de Estudios Pedagógicos y en los Institu-
tos de Formación Docente Asociados mencionados en el Anexo II
que con tres (3) fojas forma parte de la presente Resolución, con
acreditación de 800 horas reloj equivalentes a 1200 horas cátedra
y, en consecuencia, CONVALIDAR las acciones de implementación
realizadas en la cohorte 2021.
Art. 3°- DISPONER que el título a otorgar a los egresados de la men-
cionada Carrera sea el de “Profesor/a de Educación Secun-
daria en Matemática” (en concurrencia con título de base).
Art. 4°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 131
Córdoba, 21 de abril de 2021
VISTO: El Expediente N° 0100-167464/2021 del registro del Ministerio de
Educación:
Y CONSIDERANDO:
Que obran las actuaciones presentadas por el Instituto Superior de
Estudios Pedagógicos, en las que solicita la aprobación e implementación
del Plan de Estudios de la propuesta académica denominada “Profesorado
de Educación Secundaria en Informática” -Opción Pedagógica a Distancia-
(en concurrencia con título de base), para la cohorte 2021.
Que la Propuesta Formación Pedagógica para la formación Docente
Superior responde a las prioridades pedagógicas de las políticas educa-
tivas de la provincia de Córdoba, cuyos destinatarios se explicitan en el
Anexo II adjunto.
Que se solicita aprobar y autorizar la implementación de la aludida
Formación, convalidar las acciones concretadas en tal sentido y habilitar la
expedición de las certicaciones correspondientes.
Por ello, el Dictamen N° 222/2021 del Área Jurídica de este Ministerio,
lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales y en uso
de las facultades conferidas por el Decreto N° 1043/17;
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º- APROBAR el Plan de Estudios del “Profesorado de Educación
Secundaria en Informática” -Opción Pedagógica a Distancia- (en concu-
rrencia con título de base), según se detalla en el Anexo I que con treinta y
dos (32) fojas forma parte del presente instrumento legal.
Art. 2°- AUTORIZAR la implementación del Plan de Estudios del Pro-
fesorado que se aprueba en el artículo precedente en el Instituto
Superior de Estudios Pedagógicos y en los Institutos de Formación Docen-
te Asociados mencionados en el Anexo II que con tres (3) fojas forma parte
de la presente Resolución, con acreditación de 800 horas reloj equivalen-
tes a 1200 horas cátedra y, en consecuencia, CONVALIDAR las acciones
de implementación realizadas en la cohorte 2021.
Art. 3°- DISPONER que el título a otorgar a los egresados de la men-
cionada Carrera sea el de “Profesor/a de Educación Secundaria
en Informática” (en concurrencia con título de base).
Art. 4°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN.
ANEXO
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO NÚMERO: OCHO.
En la Ciudad de Córdoba a once días del mes de abril del año dos mil
veintiuno, con la presidencia de la Dra. María M. CACERES de BOLLATI,
se reunieron los Señores Consejeros, integrantes del Consejo de la Magis-
tratura creado por Ley 8802, Dres. Laura ECHENIQUE, María L. LABAT,
Huber ALBERTI, Emilio F. ANDRUET, Fernando MARTINEZ PAZ y Eduar-
do KRIVORUK y ACORDARON:

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