Resolución N° 130 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición23 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 25 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 118 Primera Sección
Resolución N° 125 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-104619/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Sociedad Argentina de Pediatría Córdoba-Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “Sociedad Argentina
de Pediatría Córdoba-Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 127 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0528-004284/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS VIRGEN DE LA ASUNCION”, con asiento en la
Localidad de Bulnes, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de
los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “CENTRO DE
JUBILADOS Y PENSIONADOS VIRGEN DE LA ASUNCION“, con asiento en la Localidad de
Bulnes, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 128 - Letra:A Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-112976/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL ALTERMUNDI”, con asiento en la Localidad de José de la Quintana, Provincia
de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL
ALTERMUNDI”, con asiento en la Localidad de José de la Quintana, Provincia de Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 129 - Letra:A
Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-114331/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“CENTRO FILATELICO CORDOBA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita aprobación de la Reforma General del Estatuto, dispuesta en Asamblea General Extraordinaria
con fecha 30 de Agosto de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales,
fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada con
fecha 30 de Agosto de 2014 por la Entidad Civil denominada “CENTRO FILATELICO CORDOBA”,
CUIT N° 30-67758382-3, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual
se resolvió la Reforma General del Estatuto, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda parte, inc. 1º ) –35, 45 -primer
párrafo- y concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- APROBAR la Reforma General del Estatuto Social, sancionada en Asamblea
General Extraordinaria, celebrada con fecha 30 de agosto de 2014, de la Entidad Civil denominada
“CENTRO FILATELICO CORDOBA”, CUIT N° 30-67758382-3, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Decreto N° 2729 “A”
del 18 de Agosto de 1971.-.-
Artículo 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia,
vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 130 - Letra:A
Córdoba, 23 de Abril de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115960/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“COOPERADORA DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE EDUCACION TECNICA 209 DOMINGO
FAUSTINO SARMIENTO”, con asiento en la Ciudad de Marcos Juárez, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –primer
párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por
los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS JURÍDICAS
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