Resolución N° 130 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Junio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición28 de Abril de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 109
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 3 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Aporte Extraordinario Institucional” del Pliego Particular de Especicacio-
nes Técnicas, cabe destacar que dicho aporte se encuentra comprendido
dentro del Presupuesto Ocial aprobado por la Dirección de Vialidad y que
en el caso de resultar necesario un aporte adicional, el mismo deberá tra-
mitarse por vía independiente ante la autoridad competente.
Que consta en autos la conformidad a la ejecución de las obras de
que se trata, expresada por el Comité Ejecutivo del Fideicomiso para el
Desarrollo Agropecuario (FDA), en virtud de las facultades conferidas por
Decreto Nº 2135/2019
Que obra Dictamen Nº 154/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que la contratación en
la forma que se propicia encuentra sustento legal, en cuanto a su mo-
dalidad y procedencia, en las previsiones de la Ley Nº 6233 y conforme
lo establecido por el artículo 7º - inciso b) – punto 4) de la Ley Nº 8614,
modicada por la Ley Nº 10.417, visto la Ley Nº 10.723 y en virtud de las
facultades otorgadas por la Ley Nº 10.220, atento a que la obra es atendida
con Recursos Afectados, puede contratarse directamente con el Consorcio
Caminero Regional Nº 01, la ejecución de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 154/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el Consorcio Cami-
nero Regional Nº 01, la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO CAMINOS
DE TIERRA – REGIÓN 01 – DEPARTAMENTOS: CRUZ DEL EJE – IS-
CHILIN – MINAS - PUNILLA - AÑO 2021”, por la suma de Pesos Sesenta
y Nueve Millones Ochocientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Noventa
y Cuatro ($ 69.845.394,00), por un plazo de realización de los trabajos
de doce (12) meses, conforme Croquis de Ubicación, Detalle de Ítems y
Presupuesto Ocial que, como Anexo I compuesto de seis (6) fojas, forma
parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total Pesos
Sesenta y Nueve Millones Ochocientos Cuarenta y Cinco Mil Trescientos
Noventa y Cuatro ($ 69.845.394,00), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección de Vialidad en su Documento
de Contabilidad - Nota de Pedido N° 2021/000025, de acuerdo al siguiente
detalle:
Jurisdicción 1.50,
Programa 505-000,
Partida 12.06.00.00,
Obras – Ejecución por Terceros,
Centro de Costo 0455 –
Mejoramiento de ambas redes
sin discriminar del P.V. …………..………….......…..…….. $ 47.730.338,00
Presupuesto Futuro Año 2022 ……… ….........……….….. $ 22.115.056,00
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Director de la Dirección de Vialidad
a suscribir el respectivo contrato de obra.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamen-
to Administración y Personal de la Dirección de Vialidad, al Tribunal de
Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial,
notifíquese y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 130
Córdoba, 28 de abril de 2021
Expediente Nº 0045-022810/2020.-
VISTO: este expediente por el cual la Dirección de Vialidad propicia por
Resolución Nº 00302/2021 la contratación directa con el Consorcio Ca-
minero Regional Nº 02, para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO
CAMINOS DE TIERRA–REGIÓN 02 – DEPARTAMENTOS: MINAS – PO-
CHO – SAN ALBERTO – SAN JAVIER”, por la suma de $ 67.975.643,00.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha incor porado en autos la documentación técnica para la pre-
sente obra, consistente en: Memoria Descriptiva, Pliego General de Espe-
cicaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad,
Pliego Particular de Condiciones, Pliego Complementario de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Cómputo, Planos y Presu-
puesto Ocial; todo debidamente suscripto por funcionarios competentes
de la Dirección de Vialidad y aprobado mediante el artículo 1º de la Reso-
lución Nº 00302/2021 de su Director.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que, con la
obra de referencia, se pretende restaurar las Redes Viales Primarias, Se-
cundarias y Terciarias sin pavimentar, a los nes de lograr mejor transi-
tabilidad y seguridad, obteniendo mayor economía del transporte para el
usuario y para la Provincia, esgrimiéndose además un importante ahorro
administrativo, que conere agilidad y versatilidad en la adjudicación, eje-
cución, cómputo y certicación de las tareas de mantenimiento.
Que asimismo se destaca, que el contrato se regirá por el Sistema Mo-
dular de Certicación de obra, lo cual posibilita una gran agilidad operativa
para la ejecución de la misma, como también realizar una serie de trabajos
menores de pequeña cuantía, imprescindibles en función de un manteni-
miento a futuro o tendientes a una consolidación denitiva del tramo.
Que el Jefe de Departamento I Conservación de Caminos de Tierra de
la referida Dirección informa la cantidad total de módulos necesarios, el
costo de cada uno de ellos, el plazo de obra y que los trabajos se ejecuta-
ran a través de los Consorcios Camineros Subcontratistas integrantes del
Consorcio Caminero Regional Nº 02.
Que el Jefe del citado Departamento maniesta que el Consorcio
Caminero Regional reúne las condiciones técnicas, jurídicas y operativas
para ser el adjudicatario de la obra de mejoramiento de las redes sin pavi-
mentar aludidas, y sería la forma más efectiva y ágil de atender las mencio-
nadas redes, como también que este modo de contratación, va a producir
un signicativo ahorro económico del proceso administrativo, celeridad,

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