Resolución Nº 13/GCABA/ASINF/17

FirmantesDougall
EmisorAGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

VISTO:

Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley 5666), Ley N° 2095 (Texto Consolidado por

Ley 5666), el Decreto N° 1.510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley 5666), la

Disposición N°

308/DGTALINF/2016, el Expediente Electrónico N°

21185857/MGEYA/ASINF/2016 y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el recurso de reconsideración con

jerárquico en subsidio presentado por la empresa MSLI Latam, Inc. a la Disposición N°

308/DGTALINF/2016 suscripta por la Dirección General Técnica, Administrativa y

Legal;

Que por Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley 5666), se creó la Agencia de

Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ASI),

como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones

en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo,

funcional y financiero;

Que mediante Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley 5666) se establecieron las

normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Publico

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los procesos de compras, ventas y

contrataciones de bienes y servicios y regular las obligaciones y derechos que se

derivan de los mismos;

Que a su vez, el artículo N° 38 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley 5666)

"CONTRATACION MENOR" y establece que: "La contratación menor es aquel

procedimiento de contratación directa que se aplica cuando el monto total de la

contratación no supere el equivalente a cien mil (100.000) unidades de compras;

Que por Disposición N° 396/DGCyC/14 el Director General de Compras y

Contrataciones - en su carácter de Órgano Rector - y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el artículo 87 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado Ley 5454) aprobó el

Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y

servicios;

Que mediante el Decreto N° 1145/GCABA/09 se aprobó la reglamentación del articulo

N° 83 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley 5666) e implementó el Sistema

Electrónico de Adquisición y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, denominándoselo en adelante como Buenos Aires Compras (BAC),

creándose el portal denominado www.buenosairescompras.gob.ar;

Que por Expediente Electrónico N° 18897904-ASINF-2016 tramitó la contratación

menor para la "Provisión del...

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