Resolución N° 13 “A“

EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 36
CORDOBA, (R.A.), LUNES 20 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 13 - Letra:A
Córdoba, 14 de Febrero de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 0007-131001/2016, mediante el cual la entidad civil
denominada “CENTRO VECINAL DE BARRIO PARAVACHASCA, con do-
micilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita au-
torización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORI ZAR a la entidad civil denominada “CENTRO VECI-
NAL DE BARRIO PARAVACHASCA, con domicilio social en la Provincia de Córdo-
ba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “CENTRO
VECINAL DE BARRIO PARAVACHASCA.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de veinte (15)
días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la
A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la rubricación, no
pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el
presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial,
vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el re-
gistro pertinente y archívese. FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR
GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 11 - Letra:A
Córdoba, 14 de Febrero de 2017
VISTO:
El Expediente Nº 0007-130664/2016, mediante el cual la entidad civil
denominada “CENTRO VECINAL DE BARRIO 25 DE MAYO”, con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autoriza-
ción estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-,
169,174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facul-
tades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CENTRO VE-
CINAL DE BARRIO 25 DE MAYO”, con domicilio social en la Provincia de
Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
“CENTRO VECINAL DE BARRIO 25 DE MAYO”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese. FDO: GUILLERMO F. GARCÍA
GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
RESOLUCION DEFINITIVA SINDICOS -RIO TERCERO-
RESOLUCION ADMINISTRATIVA NUMERO: Uno (01).- En la ciudad de
Río Tercero, a los siete días del mes de febrero de dos mil diecisiete, se
reúnen los Sres. Vocales de la Excma. Cámara en lo Civil, Comercial, del
Trabajo y de Familia con competencia en lo Contencioso Administrativo de
la Décima Circunscripción judicial con asiento en esta ciudad, Dres. Carlos
Alberto Conti y Ariel Macagno y ACORDARON:
-Y VISTOS: 1) Que con fecha dos de octubre de dos mil quince, median-
te resolución número uno dictado por esta Cámara con competencia en
materia concursal, se dispuso convocar a inscripción para integrar la lista
de Síndicos (categoría A y B) para la décima circunscripción judicial, en
cumplimiento del A.R. nº 303 Serie A, del 02/10/1995 del Excma. Tribunal
Superior de Justicia y de conformidad a las pautas jadas por el Regla-
mento Unico aprobado por el Alto Cuerpo mediante A.R. nº 958 Serie A
del 09/12/2008 modicado por A.R. 1270 del 17/03/2015. 2) Que en la con-
vocatoria se dispuso que los aspirantes debían presentar las respectivas
solicitudes a través del mecanismo de inscripciones on-line y validar la

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