Resolución Nº 33/08 de 13 de Noviembre de 2008
La Plata, 13 de noviembre de 2008.
VISTO el Marco Regulatorio Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües cloacales establecido por el Decreto Nº 878/2003, ratificado por artículo 33 de la Ley Nº 13.154, modificado por Decreto Nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; el Contrato de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Zona de Concesión Nº 1, el Reglamento del Usuario aprobado por la Resolución Nº 29/02, los reclamos identificados en el Anexo 1 del presente Expediente Nº 2430-3182/08, y
CONSIDERANDO:
Que este Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene a su cargo el control, la fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas aplicables a la concesión del servicio sanitario conforme surge del artículo 88 del marco regulatorio;
Que en ejercicio de ese control se ha detectado que el Concesionario "Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)" no ha satisfecho con los reclamos presentados por los Usuarios identificados en el Anexo I de la Presente;
Que los mencionados Usuarios interpusieron el correspondiente reclamo ante el prestador y ante el silencio acuden a este Organismo en procura de la defensa de sus derechos en virtud de los artículos 50 inciso c) y 51 del Decreto Nº 878/03;
Que en cumplimiento del Procedimiento de Reclamos aprobado por la Resolución O.C.A.B.A. Nº 18/08, se ha corrido el pertinente traslado al Concesionario para que no solo informe los antecedentes de los mismos, sino para que los resuelva de acuerdo a las normas vigentes;
Que en consecuencia y precisamente en resguardo de los derechos de los Usuarios corresponde intimar a "A.B.S.A." para que informe debidamente, en los términos de los artículos 51, 88 inciso n) sigs. y concs. del Marco Regulatorio, los reclamos por pérdida de agua presentados por los Usuarios indicados en el Anexo I;
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües cloacales de la Provincia de Buenos Aires establecido por el Decreto Nº 878/2003, ratificado por el artículo 33 de la Ley Nº 13.154 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; los Contratos de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Zona de Concesión Nº 1;
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA
DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Intimar a "Aguas...
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