Resolución N° 13 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 2 de Septiembre de 2022 |
Emisor | AGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 181
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
de los diez (10) años previstos en el último párrafo del artículo 2 de la Ley
N°10.649 y su modicatoria.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades confe-
ridas por el Artículo 9 de la Ley N° 10.649 y su modicatoria N°10.722 y el
Decreto N° 193/2021.
Por todo ello, las actuaciones cumplidas;
EL SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO DEL MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE
LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- INSCRIBIR denitivamente a la rma “ASOFIX S.A.S.
(C.U.I.T 30-71660828-6)” en el “Registro de Beneciarios del Régimen de
Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba
(RECOR) de la Ley N° 10.649 y su modicatoria, Reglamentada por Decre-
to N° 193/2021, a partir de la fecha de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER la continuidad de los benecios acordados
mediante Resolución N° 037/2022 de esta Secretaría a la rma “ASOFIX S.A.S.
(C.U.I.T 30-71660828-6)” por la actividad allí indicada, computando, a tales
nes, el plazo que la rma se encontró inscripta en el RECOR, con carácter de
“Beneciario Provisorio” a los nes del cálculo de los diez (10) años previstos en
el último párrafo del artículo 2 de la Ley N°10.649 y su modicatoria.
ARTÍCULO 3°.- HÁGASE SABER a la rma “ASOFIX S.A.S. (C.U.I.T 30-
71660828-6)” que deberá informar los cambios en las condiciones que deter-
minaron su inscripción en el RECOR dentro de los VEINTE (20) días hábiles
administrativos de acaecidos o conocidos, de conformidad a lo previsto en el
apartado 3.1 del Anexo I de la Resolución N° 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- HÁGASE SABER a la rma “ASOFIX S.A.S. (C.U.I.T 30-
71660828-6)” que deberá cumplimentar con el proceso de validación anual
antes del día 15 del mes siguiente al que se cumple un nuevo año de la noti-
cación de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo
III, Punto 3.1 del Anexo I de la Resolución N° 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE, Notifíquese, Publíquese en el Bole-
tín Ocial, y archívese.
FDO: SEDEVICH FONS FEDERICO IVÁN, SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO - MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
AGENCIA CONECTIVIDAD CÓRDOBA
Resolución N° 13
VISTO: La Ley N° 10.155, el Decreto Reglamentario N° 305/2014 y su mo-
dicatorio N° 969/2018, el Pliego de Condiciones - Generales y Particula-
res – de contratación y su Anexo I, el Pliego de Especicaciones Técnicas
y sus Anexos; y el Reglamento de Compras y Contrataciones de la Agencia
Conectividad Córdoba y el Expte. N° 0351- 178574/2022;
CONSIDERANDO:
Que, en las presentes actuaciones se gestiona la contratación, me-
diante el procedimiento de selección de Subasta Electrónica Inversa N°
2022/000009, que tiene por objeto la adquisición de materiales, instalación
y puesta en marcha de tendidos de cables de bra óptica destinados a
interconectar aquellos municipios y comunas que no están integrados a la
Red Digital Córdoba con aquellos municipios y comunas que si lo están,
con modalidad de orden de compra abierta.
Que, a tales nes, se procedió a efectuar el llamado a participar del
mencionado procedimiento de selección, a través de su publicación en el
Boletín Ocial y en el Portal Web Ocial de Compras y Contrataciones, con-
forme lo establece el artículo 8°, inciso 8.2.2.2.1. del Decreto N°305/2014,
modicado por Decreto N° 969/2018, reglamentarios de la Ley N°10.155.
Que, una vez nalizada la subasta y efectuado el período de lances,
se generó electrónicamente y de forma automática, un Acta de Prelación
en los términos del artículo 8.2.2.4.1., de la cual surge que para el Renglón
N°1 (PROVISIÓN DE MATERIALES PARA TENDIDOS DE F.O. Y SU INS-
TALACIÓN PARA LA ZONA 1), Renglón N° 2 (PROVISIÓN DE MATERIA-
LES PARA TENDIDOS DE F.O. Y SU INSTALACIÓN PARA LA ZONA 2) y
Renglón N°3 (PROVISIÓN DE MATERIALES PARA TENDIDOS DE F.O.
Y SU INSTALACIÓN PARA LA ZONA 3), la rma NAXOS KUT S.A.; CUIT
30-71479078-8, es el oferente que quedó en primer lugar en los tres (3)
renglones mencionados.
Que la rma NAXOS KUT S.A. presentó, para el Renglón N°1, la oferta
económica de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CUA-
RENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($130.341.220,00)
con IVA incluido; para el Renglón N° 2, la oferta económica de PESOS
CIENTO VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($123.785.840,00) con IVA
incluido; y, por último, para el Renglón N° 3 un monto de PESOS CIENTO
VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS SE-
SENTA CON 00/100 ($122.508.960,00) con IVA incluido.
Que, la rma NAXOS KUT S.A. ha presentado en tiempo y forma la
documentación exigida en Pliegos, dando cumplimiento a las bases y con-
diciones allí establecidas y, a su vez, la mencionada documentación se
encuentra incorporada en este expediente.
Que ASECOR S.A. informa que la póliza de caución presentada por
la rma NAXOS KUT S.A. como garantía de mantenimiento de oferta (N°
955.063 - ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD
ANONIMA), son válidas y satisfacen los índices de capacidad económica.
Que, en cuanto a la Evaluación de la Oferta, la Gerencia de Tecnología
de Redes realizó la evaluación técnica correspondiente, informando que la
rma NAXOS KUT S.A. cumplimenta con los requisitos técnicos exigidos
en el Pliego de Especicaciones Técnicas.
Que, por otra parte, el Responsable de Contabilidad e Impuestos y
el Responsable de Asuntos Legales, ambos dependientes de la Geren-
cia Coordinación Administrativa de esta Agencia, expresan que la firma
NAXOS KUT S.A. cumplimenta con los requisitos exigidos en el Pliego
de Condiciones - Generales y Particulares - y su Anexo I de la presente
contratación.
Que, resultando la oferta presentada por la rma NAXOS KUT S.A.; CUIT
30- 71479078-8, conveniente y ajustada a las Condiciones de Contratación –
Generales y Particulares-, así como también a las Especicaciones Técnicas,
corresponde en esta instancia proceder a adjudicar las mismas.
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