Resolución N° 1298/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas - Ministerio de Salud
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 1298/MEFGC/18
Buenos Aires, 1 de octubre de 2018
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 2155 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto
reglamentario N° 308/2008, la Resolución N°5/MSGCyMMGC/2013, y el Expediente
Electrónico N° 5123780/MGEYA-DGAYDRH/18, y
CONSIDERANDO:
Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el
acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los
requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de
selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los
"Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto";
Que como consecuencia de lo expresado, la Subsecretaría de Atención Primaria
Ambulatoria y Comunitaria, del Ministerio de Salud, mediante Resolución N°
48/SSAPAC/2018, designó con carácter titular a la Dra. Laura Mabel Pérez, D.N.I.
21.026.013, CUIL. 27-21026013-2, como Médica de Planta Asistente (Medicina
General y Familiar, con 30 horas semanales (distribuidas en 6hs de capacitación y 24
hs repartidas en no menos de 4 días a la semana), para el turno Vespertino, para el
Programa de Atención Primaria de la Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera
Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455,
reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y
modificatorias;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta
para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley
N°471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas
situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la
misma;
Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho
acto administrativo.
Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y los
términos del Decreto N° 363/2015 y sus modificatorios,
LOS MINISTROS DE SALUD Y DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Resolución N°
48/SSAPAC/2018.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Administración y
Liquidación de Haberes, Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos, y a la Subsecretaría de Atención Primaria Ambulatoria
y Comunitaria, del Ministerio de Salud, la que deberá practicar fehaciente notificación a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5471 - 04/10/2018

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