Resolución N° 127 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Mayo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición13 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 100
CORDOBA, (R.A.) MARTES 17 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
Provisoria de Precios, suscripto por el señor Presidente del Consorcio Camine-
ro Único con fecha 23 de febrero del 2022, por la que acepta la Segunda Ade-
cuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos vericadas en el
mes de diciembre del 2021, habiendo renunciado la contratista a todo reclamo,
conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2022/000120 que certica la reserva presupuestaria para atender la eroga-
ción que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 99/2022 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a
las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016, mo-
dicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Resolución Ministe-
rial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación en los precios
ponderados de los factores de costos del contrato superior al diez por cien-
to (10%) respecto a los valores contractuales vigentes, puede procederse a
la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo oportuna-
mente suscribir la adenda de contrato correspondiente, habida cuenta que
existe una modicación del precio contractual que produce consecuencias
jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictami-
nado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con
el N° 99/2022 y en uso de sus atribuciones (Ley N° 10.546, Decreto N°
1053/2018 y demás relacionados);
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Segunda Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de costos producidas en el mes de diciembre del 2021,
de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “MEJORAMIENTO CAMINO
DE LA RED SECUNDARIA S-159 – TRAMO: AUTOPISTA 9 (VILLA MARÍA)
– PARAJE SANTA ROSA, por la suma a total de Pesos Un Millón Nove-
cientos Quince Mil Ciento Cuarenta y Dos con Sesenta y Un Centavos ($
1.915.142,61), conforme Formulario de Aceptación de Adecuación Provisoria
de Precios suscripto con fecha 23 de febrero del 2022, por el Consorcio Ca-
minero Único, representado por su Presidente, señor Agustín PIZZICHINI,
contratista de la obra, que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se
acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pe-
sos Un Millón Novecientos Quince Mil Ciento Cuarenta y Dos con Sesenta
y Un Centavos ($ 1.915.142,61), conforme lo indica la Dirección General de
Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad – Nota
de Pedido Nº 2022/000120, con cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 511-
000, Partida 12.06.00.00, Obras – Ejecución por Terceros del P.V.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dese intervención a la Dirección Ge-
neral de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial, notifíquese, pase
a la Unidad Ejecutora a sus efectos y archívese
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
ANEXO
Resolución N° 127
Córdoba, 13 de abril de 2022
Expediente Nº 0045-023497/2021 – Cuerpos 1 y 2.-
VISTO: este expediente por el cual se propicia la contratación del Consor-
cio Caminero Único a los nes de la ejecución de la obra: “PAVIMEN-
TACIÓN CAMINO SECUNDARIO S-294/S-253 – TRAMO: RÍO TERCERO
– TRES POZOS – LONGITUD: 24,70 Km. – DEPARTAMENTOS: TERCE-
RO ARRIBA Y RÍO CUARTO”, por la suma de $ 977.972.802,96.
Y CONSIDERANDO:
Que se insta la contratación de la obra de que se trata consistente
en la pavimentación de los caminos secundarios S-294 y S-253 en el
tramo comprendido entre la localidad de Río Tercero y el paraje deno-
minado Tres Pozos en los Departamentos Tercero Arriba y Río Cuarto,
respectivamente, a los fines de afrontar la problemática de la traza
actual de un camino que “…por las acciones climáticas y el desgaste
propio del uso, requiere altos costos de mantenimiento, por lo que es
de vital importancia una intervención inmediata a los fines de conser-
var el camino existente…”, según surge del Capítulo I, Punto I.2.2. “Pro-
blemática” del Legajo Único para Contratación.
Que la Jefatura de Departamento I – Estudios y Proyectos de la
Dirección de Vialidad acompaña documentación técnica que consiste
en el Legajo Único para Contratación, que incluyen el Objeto y Objeto
Detallado, Encuadre Legal y Condiciones de Contratación, Cómputo
Métrico, Planos, Anexo Nº 1 - Aspectos Ambientales, Pliego Particular
de Condiciones y Especificaciones Técnicas, Régimen de Redetermi-
nación de Precios y Presupuesto Oficial y Pliego Complementario del
Pliego Particular de Condiciones.
Que, asimismo, consta en autos Presupuesto, Detalle de la Propuesta
Discriminada por ítem y plazo de ejecución de la obra, suscriptos por el
Presidente del Consorcio Caminero Único, por un total de $ 977.972.802,96
con IVA incluido, que “…corresponde a valores de mercado según activida-
des de cotización que realizara oportunamente este Consorcio Caminero
Único a precios de ENERO de 2022”.
Que obran en autos conformidades de los beneciarios, como también
la Resolución Ministerial Nº 073/2022 por la cual se dispone la apertura del
Registro de Opositores de la Obra, en los términos del artículo 3º de la Ley Nº
10.546 y artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario Nº 1.053/2018,
constando la correspondiente publicación en el Boletín Ocial.
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como
Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Ges-
tión del Consorcio Caminero Único”, informa que “ningún contribuyente
manifestó su oposición a la ejecución de la obra de referencia, conclu-
yendo una oposición del 0%. Como la oposición registrada es menor al
50%, se observa que se está en condiciones de proceder a la contra-
tación de la obra (…)”, razón por la cual insta la prosecución del trámite
de que se trata.
Que, asimismo, surge de lo informado en autos que el valor total de la
contribución por mejoras asciende a la suma de $ 488.986.401,48 corres-

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