Resolución N° 1249 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 175
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 7 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO E
INVERSIONES PÚBLICAS
Resolución N° 3
Córdoba, 6 de setiembre de 2017
VISTO: El expediente Nº 0025-066296/2017 por el que se propicia la in-
corporación, del Clasicador Geográco en los Clasicadores Presupues-
tarios.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 17 inciso j) de la Ley N° 9086, establece como com-
petencia de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas:
“Determinar el plan de cuentas contable y el clasicador presupuestario,
que será el único y de uso obligatorio para toda la administración”.
Que el artículo 6° de la Resolución N° 002/14 “Compendio de Normas
de procedimientos” de la Secretaría de Administración Financiera de este
Ministerio faculta a esta Dirección a dictar en el marco de su competencia,
las disposiciones que considere pertinentes para incorporar, ampliar, mo-
dicar y/o derogar las disposiciones contenidas en el Anexo C de la citada
Resolución.
Qué el artículo 157 del Anexo A de la mencionada Resolución estable-
ce que toda incorporación, ampliación, modicación y/o derogación que
cada Órgano Rector crea conveniente realizar, será incorporada a la nor-
ma, siguiendo las pautas determinadas en la misma.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Di-
rección de Asuntos Legales de este Ministerio al N° 565/17,
LA DIRECTORA GENERAL DE PRESUPUESTO
E INVERSIONES PÚBLICAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º INCORPORAR a los Clasicadores Presupuestarios apro-
bados por el Artículo 3° de la Resolución Nº 002/14 de la Secretaría de
Administración Financiera y sus modicatorias el “Clasicador Geográco”
según detalle consignado en el Anexo I el que con cuatro (4) fojas útiles,
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º La presente resolución tendrá vigencia desde el día de la
fecha.
Artículo 3 º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO: CRA. CRISTINA RUIZ, DIRECTORA GRAL. DE PRESUPUESTO E INVER-
SIONES PÚBLICAS
ANEXO: https://goo.gl/UC8Ziy
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1249
Córdoba, 31 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0109-125380/2015, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la clasicación por localiza-
ción de la Escuela de Nivel Inicial “Dr. ARTURO M. BAS” de Villa María
-Departamento Gral. San Martín, dependiente de la Dirección General de
Educación Inicial y la pertinente asignación de la bonicación respectiva a
su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en autos, han quedado
acreditados los extremos legales que prevé la normativa de aplicación para
acceder a dicho benecio, conforme con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y
9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procede en esta instancia clasicar al
mencionado establecimiento educativo en el Grupo de localización corres-
pondiente y, en consecuencia, otorgar a su personal docente y no docente
el respectivo porcentaje de bonicación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen Nº 3370/15 del Área Ju-
rídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 11 por la Dirección General
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- CLASIFICAR a partir de la fecha de la presente resolución
en el Grupo “B” de localización a la Escuela de Nivel Inicial “Dr. ARTURO
M. BAS” de Villa María –Departamento Gral. San Martín, dependiente de
la Dirección General de Educación Inicial, y en consecuencia OTORGAR
por ese concepto la bonicación del veinte por ciento (20 %) a su personal
docente y del trece por ciento (13 %) a su personal no docente, conforme
con lo previsto en los arts. 2° inc. g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su
Anexo II.
El egreso se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 383; Partidas:
Principal 01, Parciales: 01 “Personal Permanente” y 02 “Personal No Per-
manente”.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Adminis-
tración de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: PROF. WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1247
Córdoba, 31 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0109-125387/2015 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con la clasicación por

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